TITULARES DE LAS ÁREAS DE RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS INTERNOS DE CONTROL EN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL. DEBEN EJERCER SUS ATRIBUCIONES ATENDIENDO A AQUELLAS A LAS QUE FUERON ASIGNADOS Y NO A UNA DETERMINADA CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL, PUES NO EXISTE DISPOSICIÓN EN LA QUE ÉSTA SE DELIMITE.
Para cumplir con la garantía de fundamentación prevista en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es innecesario que los titulares de las áreas de responsabilidades de los órganos internos de control en las dependencias y entidades de la administración pública federal invoquen en sus resoluciones sancionadoras el precepto en el que se establezca expresamente la circunscripción territorial en la que ejercen sus facultades y que citen alguna norma del ordenamiento que rige a aquéllas, en la que se determine el territorio en el que llevan a cabo sus funciones. Ello, en razón de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido el criterio de que los titulares de las mencionadas áreas dependen jerárquica y funcionalmente de la Secretaría de la Función Pública y no del ente gubernamental al que fueron adscritos; además de que sus atribuciones no están contenidas en los ordenamientos que rigen a éste, sino que se enuncian en los artículos 37, fracciones XII y XVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 62, fracción I, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; de lo que se advierte que deben ejercer sus atribuciones atendiendo a la dependencia o entidad a la que fueron asignados por el secretario de la Función Pública y no a una determinada circunscripción territorial, pues no existe disposición en la que ésta se delimite.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/165372-8d57fb61/titulares-de-las-areas-de-responsabilidades-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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