Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Hidalgo
Artículo 8
Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 8. En lo que se refiere a los procedimientos administrativos previstos por esta Ley, se
aplicará supletoriamente la Ley Estatal de Procedimiento Administrativo, siempre que no se
contravengan los principios generales previstos en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad
Pública.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONSTITUCION. (s/clave)
- REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- ARTICULO 8o. CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- PROTECCION CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
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