Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Hidalgo
Artículo Transitorio PRIMERO
Vigencia verificada: 27 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
PRIMERO. Las reformas a la presente Ley entrarán en vigor a partir de las cero horas del día 18 de
noviembre de 2014, conforme al Decreto número 208, promulgado por el Titular del Poder Ejecutivo
del Estado, de fecha 22 de agosto de 2014.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PROMULGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- DEROGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- PROMULGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- MODIFICACION O DEROGACION DE LEYES. (s/clave)
- LEYES, DESDE CUANDO SON OBLIGATORIAS. (s/clave)
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