Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango
Artículo 93
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 93. Para los efectos de esta Ley, los organismos descentralizados, cualquiera que sea la
forma o estructura que adopten, serán los que se constituyan total o mayoritariamente con fondos del
municipio.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- MUNICIPIOS. (s/clave)
- MUNICIPIO LIBRE, ADMINISTRACION DEL. (s/clave)
- HACIENDA DE LOS MUNICIPIOS. (s/clave)
- HACIENDA DE LOS MUNICIPIOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis