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Modo: Corpus Pro

Ley Orgánica del Municipio Libre

Artículo 4

Ordenamiento: Ley Orgánica del Municipio Libre · Ámbito: Veracruz
Última reforma: 2026-10-19

Vigencia verificada: 7 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 4. Las cuestiones que surjan entre los municipios por límites territoriales, competencias, o

de cualquiera otra especie, siempre que no tengan carácter contencioso, se resolverán por el voto

de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso, previa opinión del o los Ayuntamientos

interesados y del Gobernador del Estado.

Las controversias que surjan entre dos o más municipios del Estado, se resolverán con arreglo a lo

dispuesto por la Constitución Local.

Fuente oficial: consultar publicación

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