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Ley Orgánica del Municipio Libre

Artículo 60 Octies

Ordenamiento: Ley Orgánica del Municipio Libre · Ámbito: Veracruz
Última reforma: 2026-10-19

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 60 Octies. Son atribuciones de la Comisión de Protección Civil:

I. Coadyuvar con el Presidente Municipal en la integración del Sistema Municipal

de Protección Civil;

II. Cuidar que los Sistemas Municipales se vinculen con los programas y políticas

del Sistema Estatal;

III. Dar seguimiento y evaluar las atribuciones del Consejo y de la Unidad

Municipal de Protección Civil;

IV. Canalizar al Órgano de Control Interno las quejas y denuncias que se presenten

en contra de los servidores públicos municipales del Sistema de Protección Civil;

(REFORMADO, G.O.E. 29 DE FEBRERO DE 2024)

V. Contribuir al cumplimiento de las disposiciones legales en materia de

Protección Civil;

(REFORMADO, G.O.E. 29 DE FEBRERO DE 2024)

VI. Supervisar el actuar de la Unidad Municipal de Protección Civil en lo relativo a

las autorizaciones otorgadas para la celebración de las carreras atléticas; y

(ADICIONADO, G.O.E. 29 DE FEBRERO DE 2024)

VII. Las demás señaladas en esta Ley y otras disposiciones legales aplicables

(ADICIONADO, G.O.E. 27 DE NOVIEMBRE DE 2014)

Fuente oficial: consultar publicación

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Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-28)

(ADICIONADO, G.O. 26 DE AGOSTO DE 2014)

Artículo 60 Octies. Son atribuciones de la Comisión de Protección Civil:

I. Coadyuvar con el Presidente M unicipal en la integración del S istema Municipal de Protección

Civil;

II. Cuidar que los Sistemas Municipales se vinculen con los programas y políticas del Sistema

Estatal;

III. Dar seguimiento y evaluar las atribuciones del Consejo y de la Unidad Municipal de Protección

Civil;

IV. Canalizar al Órgano de Control Interno las quejas y denuncias que se presenten en contra de

los Servidores Públicos Municipales del Sistema de Protección Civil;

(REFORMADA, G.O. 29 DE FEBRERO DE 2024)

V. Contribuir al cumplimiento de las disposiciones legales en materia de Protección Civil;

(REFORMADA, G.O. 29 DE FEBRERO DE 2024)

VI. Supervisar el act uar de la Unidad Municipal de Protección Civil en lo relativo a las

autorizaciones otorgadas para la celebración de las carreras atléticas; y

(ADICIONADA, G.O. 29 DE FEBRERO DE 2024)

VII. Las demás señaladas en esta Ley y otras disposiciones legales aplicables.

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