Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Titulo SÉPTIMO — Del Tribunal de Disciplina Judicial · Capitulo I — Disposiciones generales · Seccion 1a — De su conformación y funcionamiento
Artículo 140
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 140.
El Órgano de Investigación tendrá a su cargo la investigación de los hechos u omisiones que puedan constituir responsabilidades administrativas de las personas que ejercen funciones jurisdiccionales en el Poder Judicial de la Federación, en los términos establecidos en esta Ley, en los acuerdos generales que emita el propio Tribunal, así como en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- RESPONSABILIDADES OFICIALES. (s/clave)
- RESPONSABILIDADES OFICIALES. (s/clave)
- RESPONSABILIDAD OFICIAL. (s/clave)
- CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL, APERTURA DE OFICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE RESPONSABILIDAD. (I.1o.A.36 A )
- RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO RELATIVO.- (26)
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