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Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Titulo SÉPTIMO — Del Tribunal de Disciplina Judicial · Capitulo I — Disposiciones generales · Seccion 1a — De su conformación y funcionamiento

Artículo 140

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 140.

El Órgano de Investigación tendrá a su cargo la investigación de los hechos u omisiones que puedan constituir responsabilidades administrativas de las personas que ejercen funciones jurisdiccionales en el Poder Judicial de la Federación, en los términos establecidos en esta Ley, en los acuerdos generales que emita el propio Tribunal, así como en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Fuente oficial: consultar publicación

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