Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Titulo SÉPTIMO — Del Tribunal de Disciplina Judicial · Capitulo IV — Del Órgano de Evaluación de Desempeño Judicial · Seccion 1a — De su competencia y atribuciones
Artículo 168
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 168.
Los procesos de evaluación del desempeño serán la evaluación ordinaria, la evaluación extraordinaria y la evaluación de seguimiento.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PRUEBAS, APRECIACION DE LAS. (s/clave)
- PRUEBAS, VALORACION DE LAS. (s/clave)
- PRUEBAS, APRECIACION DE LAS. (s/clave)
- CERTIFICACIONES OFICIALES. (s/clave)
- JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS. (s/clave)
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