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Modo: Corpus Pro

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Artículo 197

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 197.

Los procedimientos administrativos de responsabilidad se clasificarán por su materia de la manera siguiente:

I. Faltas en contra de la administración de justicia, los cuales comprenden los actos u omisiones contrarios a los principios y normas que disciplinan la función judicial al momento de dictar resoluciones.

II. Faltas por infracción a deberes establecidos en la ley que no están relacionadas directamente con el ejercicio de la función judicial al momento de dictar resoluciones.

Fuente oficial: consultar publicación

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