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Modo: Corpus Pro

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Artículo 196

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 196.

El principio de independencia judicial garantiza a las personas juzgadoras la posibilidad de ejercer sin interferencias de ningún tipo su criterio jurisdiccional para resolver las controversias de las que conozcan con respeto al marco normativo aplicable y, en su caso, valorando racionalmente las pruebas que obren en la causa.

Fuente oficial: consultar publicación

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