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Modo: Corpus Pro

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Artículo 220

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 220.

Las secretarias, los secretarios, asistentes de constancias y registros y personas empleadas de los tribunales de alzada y de los Juzgados de Distrito protestarán ante la o el Magistrado o la o el Juez al que se le deban estar adscritos.

Fuente oficial: consultar publicación

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