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Modo: Corpus Pro

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Artículo 284

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 284.

Las personas servidoras públicas y empleadas del Tribunal Electoral estarán obligadas a prestar sus servicios durante los horarios que señale el Pleno de la Sala Superior a propuesta de su Presidencia, tomando en cuenta que, durante los procesos electorales, federales o locales, todos los días y horas son hábiles.

Fuente oficial: consultar publicación

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