Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza

Artículo 4

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza · Ámbito: Coahuila
Última reforma: 2026-09-08

Vigencia verificada: 4 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 4. Características de la justicia. Son características de la justicia que pone a la persona y sus derechos al centro

del deber constitucional:

I. Cercana a la población y sus necesidades. El Poder Judicial debe optimizar la administración de justicia en el

Estado, mejorando la accesibilidad y eficacia del sistema judicial y fortaleciendo su soporte e infraestructura para

garantizar una impartición de justicia equitativa, eficiente y adaptada a las necesidades de la sociedad;

II. De Calidad. La función jurisdiccional debe ofrecerse con calidad y siempre enfocada en la mejora continua, mediante

la eficiencia y accesibilidad de los servicios judiciales, junto con el fortalecimiento de la gestión de información y

recursos, para fomentar la innovación y la transparencia en el sistema judicial;

III. Eficiente. La justicia debe ser impartida bajo los mayores estándares de calidad bajo un esquema de eficiencia que

permita que las personas resuelvan su problemática en el menor tiempo posible, sin obstáculos burocráticos que

alarguen los procedimientos de manera injustificada y arbitraria;

IV. Profesional. Las personas servidoras públicas del Poder Judicial deben demostrar conocimientos técnicos y

habilidades que les califican para ejercer sus cargos, así como la capacidad de conducirse en todo momento con ética,

responsabilidad, sentido de honestidad, imparcialidad y bajo los valores institucionales que distinguen al Poder Judicial;

V. Innovadora. El Poder Judicial debe garantizar la efectividad y la sostenibilidad del sistema judicial mediante la

modernización continua y la optimización de la infraestructura tecnológica, asegurando un soporte técnico robusto y

actualizaciones sistemáticas que respondan eficazmente a las necesidades judiciales y administrativas; y

VI. Transparente y Abierta. El Poder Judicial debe mantener la mayor apertura en sus actuaciones, mejorando la

transparencia, accesibilidad y participación ciudadana a través de la rendición de cuentas, la ampliación y mejora de

canales de atención a la persona usuaria y la intensificación de la interacción con la sociedad civil.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 3Índice de la leyArt. 5 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis