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Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza

Artículo 74

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza · Ámbito: Coahuila
Última reforma: 2026-09-08

Vigencia verificada: 4 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 74. Integración, elección y remoción . El Tribunal de Disciplina se integrará por tres magistraturas electas

popularmente, en los términos de la Constitución Política del Estado, el Código Electoral y la Ley.

Las magistraturas del Tribunal de Disciplina ejercerán su función con independencia e imparcialidad. Durarán nueve años en

su encargo. No podrán ser electos para un nuevo período.

Durante su encargo, sólo podrán ser removidos en los términos del Título Séptimo de la Constitución Política del Estado.

El artículo 75, fracción II de la , expedido mediante Decreto Número 270,

publicado en el co en

declarado inválido por sentencia de la SCJN, en el expediente relativo a la Acción de Inconstitucionalidad No. 89/2025 y su acu mulada 91/2025

con efectos a partir de la notificación de sus puntos resolutivos al Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, y publicada en el bril de dos mil veintiséis.

Fuente oficial: consultar publicación

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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-08-25)

Artículo 74. Integración, elección y remoción . El Tribunal de Disciplina se integrará por tres magistraturas electas

popularmente, en los términos de la Constitución Política del Estado, el Código Electoral y la Ley.

Las magistraturas del Tribunal de Disciplina ejercerán su función con independencia e imparcialidad. Durarán nueve años en

su encargo. No podrán ser electos para un nuevo período.

Durante su encargo, sólo podrán ser removidos en los términos del Título Séptimo de la Constitución Política del Estado.

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