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Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza

Artículo 77

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza · Ámbito: Coahuila
Última reforma: 2026-09-08

Vigencia verificada: 4 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 77. Facultades de la Presidencia. Corresponde a la Presidencia del Tribunal de Disciplina:

I. La representación oficial del Tribunal de Disciplina, así como la diligencia y resolución de los asuntos de su competencia

constitucional, legal y reglamentaria;

II. Presidir las sesiones, audiencias y demás reuniones;

III. Ordenar las notificaciones, los acuerdos y las resoluciones del Tribunal;

IV. Proponer ante el Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial, la designación y remoción libre de los titulares de las

dependencias, así como designar libremente a todo su personal;

V. Coordinarse con la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, para presentar toda la información de las actividades

del Tribunal de Disciplina Judicial para incluirlas en el Informe Anual de Labores del Poder Judicial;

VI. Formar parte del Comité Técnico de Archivos del Poder Judicial;

VII. Expedir los acuerdos, circulares, manuales, lineamientos y demás normativa interna para el debido cumplimiento de

las funciones del Tribunal de Disciplina;

VIII. Suscribir los convenios o bases de coordinación o colaboración que se requieran para hacer efectiva su autonomía

técnica y de gestión;

IX. Difundir sus actividades en los medios electrónicos e impresos del Poder Judicial y, en su caso, en los medios de

comunicación;

X. Solicitar el apoyo técnico de los servicios informáticos y de sistemas del Poder Judicial;

XI. Coordinarse con el Órgano de Administración Judicial, para que se presente ante el Pleno del Tribunal Superior, el

proyecto de las partidas presupuestales del Tribunal de Disciplina Judicial;

XII. Actualizar permanentemente el Registro de Personas Servidoras Públicas Sancionadas; y

XIII. Las demás que se requieran para la eficaz y eficiente impartición de justicia y disciplina judicial.

Fuente oficial: consultar publicación

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