Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes
Artículo 150
Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
(REFORMADO, P.O. 9 DE JUNIO DE 2025)
ARTÍCULO 150. - La Secretaría General publicará la Gaceta Parlamentaria
semanalmente, conteniendo los documentos establecidos en el artículo 188 del
presente ordenamiento.
(DEROGADO SEGUNDO PÁRRAFO, P.O. 9 DE JUNIO DE 2025)
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DIARIO OFICIAL. (s/clave)
- DIARIO OFICIAL. (s/clave)
- NOTIFICACIONES POR EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION. (s/clave)
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
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