Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes

Artículo 70

Ordenamiento: Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-10-05

Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 70.- Corresponde a la Comisión de Justicia, el conocimiento, análisis,

estudio, seguimiento, promoción y en su caso Dictaminación sobre los asuntos

siguientes:

I. En el ámbito de competencia del Congreso del Estado, la legislación penal y la

civil, en este último caso, salvo lo relativo a la familia y niñez;

II. Las leyes orgánicas del Poder Judicial y de la Fiscalía General del Estado;

III. La aprobación del nombramiento y el conocimiento de las renuncias en su caso,

de los representantes del Congreso del Estado ante el Consejo de la Judicatura, de

los Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia y de la Sala Admini strativa, así

como la concesión de las licencias a estos últimos para dejar de concurrir al

despacho por más de treinta días con o sin goce de sueldo;

IV. La concesión de amnistía;

V. La constitución del Congreso del Estado en gran jurado, de acuerdo con las

prevenciones establecidas en la Constitución del Estado, en los procedimientos

relativos a ilícitos oficiales o del orden común en contra de los servidores públicos

que gocen de fuero;

VI. Las reclamaciones que se interpongan ante la Suprema Corte de Justicia de la

Nación, cuando alguna Ley o acto del Gobierno Federal constituya un ataque a la

soberanía del Estado, o a la Constitución General por el que resulte afectado éste;

VII. Lo relativo al procedimiento de designación del Fiscal General del Est ado en

términos de lo dispuesto por el Artículo 59 de la Constitución del Estado; y

VIII. Otros análogos, que a juicio del Presidente del Congreso o de la Diputación

Permanente, en su caso, sean materia de tratamiento por esta Comisión.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 69Índice de la leyArt. 71 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis