Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos
Artículo 37
Vigencia verificada: 5 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 37. Son obligaciones de los Secretarios de Estudio y Cuenta, adscritos a
las Salas formular los proyectos de sentencia, de acuerdo con las instrucciones
que reciban del Magistrado de la Sala a la cual estén adscritos; y las demás que al
efecto señale el Reglamento, asimismo cuentan con las siguientes atribuciones:
I. Apoyar al Magistrado de adscripción y a los Secretarios de Ac uerdos, en el
desempeño de sus funciones;
II. Someter a la consideración del Magistrado de adscripción los proyectos de
los medios de impugnación previstos en la Ley y que les hayan sido turnados;
III. Formular los proyectos de sentencias, conforme a las consider aciones
establecidas por el Magistrado de adscripción, rubricando para tal efecto cada
una de las fojas que lo integren;
IV. Auxiliar en el engrose de las sentencias correspondientes;
V. Llevar un registro diario de los expedientes o actuaciones que se le
entreguen, debiendo recibirlos con su firma;
VI. Participar en las reuniones a las que sean convocados por el Presidente del
Tribunal, previa anuencia del Magistrado de su adscripción, y
VII. Las demás que le señale la normativa aplicable.
Sección Quinta
De los Actuarios
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO. NO SUSTITUYE A LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO. SI EN LA DEMANDA DE AMPARO SE SEÑALA COMO AUTORIDAD RESPONSABLE A LOS INTEGRANTES DE UNA DE LAS SALAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MORELOS, (XVIII.2o.10 K )
- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MORELOS, ACTUACIONES DEL. (s/clave)
- SECRETARIOS DE ESTUDIO Y CUENTA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE VERACRUZ. SI SU NOMBRAMIENTO FUE POSTERIOR AL 1 DE ABRIL DE 2003, TIENEN EL CARÁCTER DE TRABAJADORES (VII.2o.T.236 L (10a.))
- SECRETARIOS DE ESTUDIO Y CUENTA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ. SI SU NOMBRAMIENTO FUE POSTERIOR AL 1 DE ABRIL DE 2003, TIE (VII.2o.T.133 L (10a.))
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