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Ley Orgánica para el Congreso del Estado de Morelos

Artículo 33

Ordenamiento: Ley Orgánica para el Congreso del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-07-01

Vigencia verificada: 15 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 33.- La Mesa Directiva se integrará por un presidente, un vicepresidente

y dos secretarios, ésta será electa por mayoría calificada de los integrantes del

Congreso del Estado, en votación por cédula, durarán en su ejercicio un año

legislativo, los coordinadores de los grupos parlamentarios no podrán formar parte

de la Mesa Directiva.

Para sustituir en sus ausencias a los secretarios, el Presidente de la Mesa

Directiva podrá designar de entre los diputados presentes a quienes desarrollarán

la función respectiva.

Fuente oficial: consultar publicación

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