Ley para la Prevención y Tratamiento contra la Obesidad y Sobrepeso
Artículo 10
Vigencia verificada: 28 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
El Programa Estatal será el principal instrumento de acción
gubernamental en materia de esta Ley, debiendo ser expedido conforme a la
normativa aplicable.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE. - Reformado por artículo primero del Decreto No. 2146, publicada en el
2015/04/23. Antes
decía: El Programa Estatal para la Prevención, Tratamiento y Combate de Trastornos Alimentici os
será el principal instrumento de acción gubernamental en materia de esta Ley.
Dicho programa deberá ser incluido como un apartado específico en los Programas e Informes del
Gobierno del Estado de Morelos, así como en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de cada año
y en el Decreto respectivo.
Artículo *11.-
Fuente oficial: consultar publicación
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