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Ley para la Prevención y Tratamiento contra la Obesidad y Sobrepeso

Artículo 13

Ordenamiento: Ley para la Prevención y Tratamiento contra la Obesidad y Sobrepeso · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2015-04-22

Vigencia verificada: 28 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Corresponde a la Secretaría de Educación:

I. Proponer a la Autoridad Educativa Federal que implemente en los planes y

programas de estudio de tipo básico y normal, asignaturas relativas a la

nutrición que permitan en el e ducando adquirir conocimientos suficientes y

necesarios para poder implementar en su vida una dieta correcta, completa,

equilibrada y adecuada;

II. Dar cumplimiento al Programa Estatal y a las Leyes aplicables para la

prevención y tratamiento de los proble mas del sobrepeso y la obesidad en el

Estado, en todas las instituciones educativas, públicas y privadas del sistema

educativo morelense, en todos sus niveles;

III. Promover, especialmente entre los niños y adolescentes, conductas

nutricionales saludables;

IV. Crear conciencia en los maestros de la educación básica, sobre las ventajas

para la salud, de una alimentación saludable, mediante la organización de

cursos de capacitación de orientación nutricional;

V. Realizar talleres y reuniones para dar a conoce r a los padres de familia,

cuestiones relativas a la prevención de los problemas del sobrepeso y la

obesidad y los peligros de los estilos de vida no saludables, y

VI. Las demás que le reconozcan esta Ley y otras normas aplicables.

NOTAS:

REFORMA VIGENTE. - Reformadas las fracciones II y V, por artículo primero del Decreto No.

2146, publicada en el

2015/04/23. Antes decía: II. Dar cumplimiento del programa y de las Leyes aplicables para la

prevención y tratamiento de Trastornos Alimenticios en el Estado de Morelos, en todas las

Instituciones Educativas, públicas y privadas del sistema educativo morelense, en todos sus

niveles;

V. Realizar talleres y reuniones para dar a conocer a los padres de familia, cuestiones relativas a la

prevención de Trastornos Alimenticios y los peligros de los estilos de vida no saludables.

Artículo *13 Bis.-

Fuente oficial: consultar publicación

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