Ley para Regular las Agrupaciones Financieras · Titulo Cuarto — de la presente Ley. · Capitulo II — Del funcionamiento
Artículo 22
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 22.- El Control de las asambleas generales de accionistas y de la administración de todas las entidades financieras integrantes de cada Grupo Financiero deberá tenerlo una misma Sociedad Controladora.
Asimismo, la Sociedad Controladora estará en posibilidad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del consejo de administración de cada una de las entidades financieras integrantes del Grupo Financiero.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SOCIEDADES CONTROLADORAS. PUEDEN FORMULAR QUERELLA POR LOS DELITOS QUE AFECTEN A LAS ENTIDADES FINANCIERAS INTEGRANTES. (XI.2o.57 P)
- AGRUPACIONES FINANCIERAS, LEY PARA REGULAR LAS. LA PERSONA FÍSICA ACCIONISTA CARECE DE INTERÉS JURÍDICO PARA PROMOVER EL AMPARO CONTRA SU ARTÍCULO 11, QUE REGULA LA HIPÓTESIS DE LA (123)
- AGRUPACIONES FINANCIERAS, LEY PARA REGULAR LAS. LA PERSONA FÍSICA ACCIONISTA CARECE DE INTERÉS JURÍDICO PARA PROMOVER EL AMPARO CONTRA SU ARTÍCULO 11, QUE REGULA LA HIPÓTESIS DE LA (2a. X/98 )
- ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS. PUEDE NOMBRAR SUPLENTES POR CADA MIEMBRO DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO. (s/clave)
- PODERES OTORGADOS POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN O LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL. NO ES NECESARIO QUE A LA PERSONA QUE DESIGNEN PARA FORMALIZAR, OT (265)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis