Ley sobre el Ejercicio de las Profesiones en el Estado de Morelos
Artículo 7
Vigencia verificada: 14 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 7.- Requieren título para su ejercicio las profesiones siguientes:
Actuario.
Astrónomo.
Arquitecto.
Antropólogo, en sus seis carreras: Arqueología, Antropología, Física, Lingüística,
Etnología, Antropología Social y Etnohistoria.
Bacteriólogo.
Biólogo.
Cirujano Dentista.
Contador Público.
Corredor.
Enfermera.
Físico.
Ingeniero en sus distintas categorías: Agronomía, Civil, Topografía, Hidráulica,
Mecánica, Electricista, Forestal, Municipal, Sanitaria, Minería, Metalúrgica,
Petrolera, Química y las demás que incluyen o abarquen los programas de
estudios de la Universidad del Estado de Morelos, la Universidad Autónoma de
México, el Instituto Politécnico Nacional y las Universidades e Institutos de los
Estados.
Licenciado en Derecho, en Economía, en Administración de Empresas, en
Ciencias Políticas y Administración Pública.
Marino en sus diversas ramas.
Médico Cirujano.
Médico Veterinario Zootecnista.
Maestro o Doctor en Ciencias y Filosofía y Letras.
Notario.
Partera.
Piloto Aviador.
Profesor de Educación Pre-escolar, Primaria y Secundaria.
Químico, Químico Farmacéutico Biólogo, Químico Metalurgista, Químico Zimólogo
Químico Bacteriólogo y Parasitológo, así como otras ramas de esta materia.
Sociólogo.
Trabajador Social.
Fuente oficial: consultar publicación
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)
ARTÍCULO 7.- Requieren título para su ejercicio las profesiones siguientes:
Actuario.
Astrónomo.
Arquitecto.
Antropólogo, en sus seis carreras: Arqueología, Antropología, Física, Lingüística,
Etnología, Antropología Social y Etnohistoria.
Bacteriólogo.
Biólogo.
Cirujano Dentista.
Contador Público.
Corredor.
Enfermera.
Físico.
Ingeniero en sus distintas categorías: Agronomía, Civil, Topografía, Hidráulica,
Mecánica, Electricista, Forestal, Municipal, Sanitaria, Minería, Metalúrgica,
Petrolera, Química y las demás que incluyen o abarquen los programas de
estudios de la Universidad del Estado de Morelos, la Universidad Autónoma de
México, el Instituto Politécnico Nacional y las Universidades e Institutos de los
Estados.
Licenciado en Derecho, en Economía, en Administración de Empresas, en
Ciencias Políticas y Administración Pública.
Marino en sus diversas ramas.
Médico Cirujano.
Médico Veterinario Zootecnista.
Maestro o Doctor en Ciencias y Filosofía y Letras.
Notario.
Partera.
Piloto Aviador.
Profesor de Educación Pre-escolar, Primaria y Secundaria.
Químico, Químico Farmacéutico Biólogo, Químico Metalurgista, Químico Zimólogo
Químico Bacteriólogo y Parasitológo, así como otras ramas de esta materia.
Sociólogo.
Trabajador Social.
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