Lineamientos Generales para la operación de la Casa de Día del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales… · Titulo II — DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CASA DE DÍA · Seccion PRIMERA — DEL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN A CASA DE DÍA
Artículo 9
Artículo 9. El procedimiento de admisión concluirá una vez que el personal de Trabajo Social haya revisado la documentación correspondiente y verificado que esta se encuentre completa y correcta, momento en el que se entregarán el gafete y la cartilla a la Persona Beneficiaria.
En caso de detectarse inconsistencias u omisiones, se solicitará de manera inmediata a la Persona Beneficiaria que subsane lo conducente en un plazo no mayor a seis días hábiles, con excepción de lo ya señalado respecto a la Historia Clínica, cuyo cumplimiento quedará sujeto a los tiempos de entrega de las Clínicas y Unidades Familiares mencionadas en el artículo 2, fracción XXIX de los presentes Lineamientos.
SECCIÓN SEGUNDA
DE LA VALORACIÓN INICIAL Y EL PLAN DE ATENCIÓN
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CERTIFICADOS MEDICOS EN EL PROCESO. (s/clave)
- QUEJA. (s/clave)
- EXCLUYENTES. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO EN BLANCO. (s/clave)
- PRUEBAS EN EL PROCESO. (s/clave)
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