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Modo: Corpus Pro

Ordenanza General de la Armada · Titulo CUARTO — De los Cabos de Mar y de Cañón

Artículo 214

Ordenamiento: Ordenanza General de la Armada · Ámbito: Federal
Última reforma: 2000-10-19

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 214.- Conforme a los Reglamentos instruirán a los individuos de su rancho ya los de nuevo ingreso al servicio, si se les comisionare para ello, siendo responsables de la falta de adelanto de los que le fueren encomendados.

Fuente oficial: consultar publicación

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