Corpus
Modo: Corpus Pro

Ordenanza General de la Armada · Titulo QUINTO — De los Condestables

Artículo 266

Ordenamiento: Ordenanza General de la Armada · Ámbito: Federal
Última reforma: 2000-10-19

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 266.- Si se le entregaren cargadas las granadas, se enterará de su estado y del de las espoletas; en caso contrario, quedará a su cargo esa operación a bordo, la que efectuará cuidando siempre de la seguridad y conservación de dichos pertrechos.

Fuente oficial: consultar publicación

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