Ordenanza General de la Armada · Titulo DECIMO — TERCERO
Artículo 581
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 581.- Además del libro en que se anoten la entrada, salida y existencia de los efectos de su cargo, llevará otro para asentar los que sean excluidos con autorización, expresando, además, el nuevo destino que se les dé.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DERECHOS DE IMPORTACION. (s/clave)
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
- ACTO RECLAMADO. (s/clave)
- REVISION FISCAL. (s/clave)
- ACTO RECLAMADO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis