Ordenanza General de la Armada · Titulo VIGESIMOSEGUNDO — Ordenes Generales
Artículo 926
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 926.- Los Generales, Jefes y Oficiales con mando, deberán acusar recibo, por los conductos debidos, de las órdenes generales que se les remitan, y manifestarán que las han puesto en conocimiento de sus subordinados, según queda prevenido.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ORDEN DE PROCEDER. (s/clave)
- DELITOS DEL ORDEN MILITAR. (s/clave)
- MILITARES, ORDENES A LOS. (s/clave)
- DELITOS MILITARES. (s/clave)
- ORDENES VERBALES. (s/clave)
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