Ordenanza General de la Armada · Titulo VIGESIMOSEGUNDO — Ordenes Generales
Artículo 942
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 942.- Estando en servicio activo no deberán negociar en compras de obras, hacer contratos que sean para el servicio naval, ni recibir directa o indirectamente, gratificaciones o regalos.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- GRATIFICACIONES. (s/clave)
- MILITARES. COMISIONES NO AJENAS AL SERVICIO. (s/clave)
- CONTRATOS ENTRE NAVIEROS Y MARINOS. (s/clave)
- SERVICIO MILITAR. (s/clave)
- CONTRATOS ENTRE MARINOS Y NAVIEROS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis