Reglamento de la Cámara de Diputados · Titulo SEPTIMO — De la Información y Difusión de las Actividades de la Cámara · Capitulo I — De los Instrumentos Internos de Comunicación en el Trabajo Legislativo · Seccion Tercera — Gaceta Parlamentaria
Artículo 239
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 239.
1. La Gaceta Parlamentaria es el órgano oficial de difusión electrónico de la Cámara y su propósito es divulgar sus actividades como:
Párrafo reformado DOF 13-05-2016
I. Orden del día de las sesiones de la Cámara;
II. Convocatorias y orden del día de las reuniones de las comisiones y los comités;
III. Registro de asistencia e inasistencia de los diputados y diputadas a las sesiones del Pleno;
IV. Registro de asistencia e inasistencia de los diputados y diputadas a las reuniones de comisiones;
V. Solicitudes de licencias de los diputados y diputadas;
VI. Solicitudes de cambios de integrantes en las comisiones;
VII. Actas, informes, programas, resoluciones y acuerdos del Pleno, de la Conferencia, de la Junta, de la Mesa Directiva y de comisiones y comités de la Cámara;
Fracción reformada DOF 20-04-2011
VIII. Iniciativas de ley o de decreto que se presenten en la Cámara, y las que se presenten en la Comisión Permanente y se turnen a la Cámara;
IX. Observaciones del Titular del Poder Ejecutivo Federal enviadas a la Cámara;
X. Minutas enviadas a la Cámara;
XI. Proyectos de Acuerdo Parlamentario, de punto de acuerdo, de proposiciones protocolarias, y el contenido de los demás asuntos que se tratarán en el Pleno, en las comisiones y en los comités;
Fracción reformada DOF 20-04-2011
XII. Declaratorias de publicidad de los dictámenes de las comisiones, así como de las iniciativas y minutas que pasan al Pleno por vencimiento de plazo;
XIII. Dictámenes de las comisiones y los votos particulares que sobre los mismos se presenten;
XIV. Comunicaciones oficiales dirigidas a la Cámara que se presenten al Pleno;
XV. Citatorios a las diversas actividades de las comisiones y comités, de los órganos de gobierno y entidades de la Cámara;
XVI. Proyectos de acuerdo, pronunciamientos, declaraciones y acuerdos internos de la Junta;
XVII. Acuerdos y comunicados de la Conferencia;
XVIII. Acuerdos de la Mesa Directiva;
XIX. Información sobre la administración y los servicios de la Cámara;
XX. Acuerdos que adopte la Comisión Permanente del Congreso General;
XXI. Informes de las comisiones que en representación de la Cámara asistan a reuniones interparlamentarias de carácter mundial, regional o bilateral;
XXII. Informes y documentos que dispongan el órgano encargado de la programación legislativa y la Junta;
XXIII. Todas las aclaraciones, correcciones o actualizaciones de los documentos publicados en la propia Gaceta, y que posteriormente hayan sido modificados para su registro en el Diario de Debates;
XXIV. Todas las convocatorias de concursos de oposición para ocupar plazas e (sic DOF 20-04-2011) la Cámara, de acuerdo ala (sic DOF 20-04-2011) normatividad aplicable;
Fracción reformada DOF 20-04-2011
XXV. Prevenciones del Presidente por vencimiento de plazos y de prórrogas a las comisiones;
Fracción adicionada DOF 20-04-2011
XXVI. Solicitudes de prórroga de las comisiones respecto al plazo para dictaminar;
Fracción adicionada DOF 20-04-2011
XXVII. Resoluciones de la Mesa Directiva a las solicitudes de prórroga;
Fracción adicionada DOF 20-04-2011
XXVIII. Iniciativas y minutas por vencimiento de plazos a discusión, y
Fracción adicionada DOF 20-04-2011
XXIX. Todos aquellos asuntos o labores de la Cámara que el Presidente considere relevantes para su difusión.
Fracción recorrida DOF 20-04-2011
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REFRENDO DE LOS DECRETOS PROMULGATORIOS DE LEYES APROBADAS POR LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL DISTRITO FEDERAL. CORRESPONDE AL JEFE DEL DEPARTAMENTO.- (2349)
- CÁMARA DE DIPUTADOS. LA OBLIGACIÓN DE DIFUNDIR EL MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN RELATIVO PREVISTA EN EL ARTÍCULO 30, NUMERAL 1, TERCER PÁRRAFO, INCISO G), DEL ESTATUTO DE LA ORGAN (I.13o.A.146 A)
- REFRENDO DE LOS DECRETOS PROMULGATORIOS DE LEYES APROBADAS POR LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL DISTRITO FEDERAL. CORRESPONDE AL JEFE DEL DEPARTAMENTO. (2a. LXIII/96 )
- DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. SU PUBLICACIÓN Y CONTENIDO ES HECHO NOTORIO, BASTA SU COPIA SIMPLE PARA OBLIGAR A CONSTATAR SU EXISTENCIA Y TOMARLA EN CUENTA. (I.3o.C.26 K (10a.))
- REFRENDO DE LOS DECRETOS PROMULGATORIOS DE LAS LEYES APROBADAS POR LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL DISTRITO FEDERAL, CORRESPONDE AL JEFE DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL.- (2348)
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