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Reglamento de la Ley de Aeropuertos

Artículo 137

Ordenamiento: Reglamento de la Ley de Aeropuertos · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-06-09

Vigencia verificada: 27 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 137. La solicitud que se formule a la Secretaría para que establezca bases de regulación

tarifaria debe presentarse por escrito, en tres tantos, debiendo el solicitante:

I. Señalar su nombre, denominación o razón social, domicilio y personas autorizadas para oír y

recibir notificaciones, así como, de ser posible, número de teléfono y fax;

II. Suscribir la solicitud y acompañar los documentos que acrediten la personalidad del

representante legal, en su caso;

III. Acreditar su carácter de concesionario, permisionario o parte afectada, o aportar los elementos

que permitan presumir tal carácter;

IV. El nombre, denominación o razón social del prestador del servicio o los datos que permitan su

identificación, así como su domicilio, teléfono y fax, de conocer estos últimos;

V. Precisar las razones y el servicio respecto del cual considere que no exis ten condiciones

razonables o adecuadas de competencia, según corresponda, y

VI. Aportar los demás elementos por los que considera que no existen condiciones razonables o

adecuadas de competencia, según corresponda.

El solicitante podrá turnar copia de su solicitud a la Comisión Federal de Competencia.

Fuente oficial: consultar publicación

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Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)

Artículo 137. La solicitud que se formule a la Secretaría para que establezca bases de regulación

tarifaria debe presentarse por escrito, en tres tantos, debiendo el solicitante:

I. Señalar su nombre, denominación o razón social, domicilio y personas autorizadas para oír y

recibir notificaciones, así como, de ser posible, número de teléfono y fax;

II. Suscribir la solicitud y acompañar los documentos que acrediten la personalidad del

representante legal, en su caso;

III. Acreditar su carácter de concesionario, permisionario o parte afectada, o aportar los elementos

que permitan presumir tal carácter;

IV. El nombre, denominación o razón social del prestador del servicio o los datos que permitan su

identificación, así como su domicilio, teléfono y fax, de conocer estos últimos;

V. Precisar las razones y el servicio respecto del cual considere que no exis ten condiciones

razonables o adecuadas de competencia, según corresponda, y

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