Reglamento de la Ley de la Policía Federal
Artículo 140
Vigencia verificada: 8 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 140.- La Mención Honorífica es el gafete o insignia que se otorga al Integrante por acciones sobresalientes o de relevancia no consideradas para el otorgamiento de condecoraciones.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- HONOR MILITAR, CONFIGURACIÓN DEL DELITO CONTRA EL.- (1469)
- HONOR MILITAR, CONFIGURACION DEL DELITO CONTRA EL. (s/clave)
- ACTOS CONSENTIDOS. (s/clave)
- EJERCITO NACIONAL. (s/clave)
- HONOR MILITAR, DELITO CONTRA EL.- (1471)
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