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Reglamento de la Ley de la Policía Federal · Titulo TERCERO — DEL DESARROLLO POLICIAL · Capitulo CUARTO — DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO · Seccion PRIMERA — DE LOS DEBERES Y SANCIONES

Artículo 193

Ordenamiento: Reglamento de la Ley de la Policía Federal · Ámbito: Federal
Última reforma: 2014-08-22

Vigencia verificada: 8 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 193.- Los arrestos serán aplicados en la forma siguiente:

I. A las categorías de Comisarios e Inspectores hasta por doce horas;

II. A la categoría de Oficiales, hasta por veinticuatro horas, y

III. A la categoría de Escala Básica, hasta por treinta y seis horas.

Fuente oficial: consultar publicación

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