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Reglamento de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla · Titulo CUARTO — DE LAS NORMAS GENERALES DE TRÁNSITO · Capitulo XIV — DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SANCIONES

Artículo 110

Ordenamiento: Reglamento de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla · Ámbito: Puebla
Última reforma: —

Vigencia verificada: 24 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 110. Tabulador para la imposición de multas.

La imposición de la sanción señalada para cada infracción de manera

específica, se hará en términos siguientes:

ARTÍCULO

TABULADOR DE INFRACCIONES

INFRACCIÓN

SANCIÓN

TÍTULO SEGUNDO. DE LAS PERSONAS USUARIAS DE LA VÍA PÚBLICA

CAPÍTULO I. DE LAS PERSONAS PEATONAS

8, fracción I

No respetar las señales, dispositivos de tránsito y

balizamiento de la Vía Pública, así como desobedecer las

indicaciones de los Agentes de Proximidad Vial y demás

personas auxiliares de movilidad.

Amonesta

ción

8, fracción III

No cruzar las avenidas y calles de alta densidad de

tránsito por las esquinas o aquellas zonas marcadas

para tal efecto.

Amonesta

ción

8, fracción VII

Arrojar, abandonar o instalar objetos que impidan, Amonesta

afecten o detengan el tránsito peatonal o vehicular.

ción

CAPÍTULO II. DE LAS PERSONAS EN CALIDAD DE CICLISTAS Y USUARIAS

DE VEHÍCULOS NO MOTORIZADOS

10, fracción II No respetar las disposiciones federales, estatales y Amonesta

84

municipales en materia de uso y trato de animales.

ción

Aviso a la

autoridad

competent

e

Hacer uso de audífonos, teléfonos celulares u otros

10, fracción VI dispositivos electrónicos que lo distraigan en su

conducción.

CAPÍTULO III. DE LAS PERSONAS USUARIAS Y PRESTADORAS

DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS

12

No poner en funcionamiento las luces intermitentes

de advertencia del vehículo para efectuar

maniobras de ascenso y descenso, en el caso de

Transporte escolar, que se detenga en Vía Pública.

TÍTULO TERCERO. DE LA SEÑALIZACIÓN VIAL Y MECANISMOS

PARA REGULAR EL TRÁNSITO

Amonesta

ción

Multa de 10 a 15

UMA

CAPÍTULO ÚNICO. DE LOS SEÑALAMIENTOS PARA REGULAR EL TRÁNSITO

16 fracción I

No obedecer la luz roja del semáforo

Multa de 10 a 20

UMAS

21, fracción I

21, fracción II

Por Mover o destruir, parcial o totalmente los Multa de 30 a 40

señalamientos para regular el tránsito.

Adosar o colocar propaganda, letreros u otra

clase de objetos, cuando por su forma, dibujo o

colocación, puedan obstruir, dar lugar a

confusión o entorpecer la comprensión de las

señales de circulación.

TÍTULO IV. DE LAS NORMAS GENERALES DE TRÁNSITO

CAPÍTULO I. DE LAS REGLAS GENERALES DE CIRCULACIÓN

UMA

Multa de 20 a 30

UMA

24, fracción I

No portar licencia o permiso para conducir

vigente y legible, que corresponda al tipo de Multa de 10 a 15

vehículo y servicio del cual se trate: Personas | UMA

conductoras en todas las modalidades

24, fracción II

No llevar tarjeta de circulación o el documento | Multa de 8 a 12

que autorice la legal circulación del vehículo

UMA

24, fracción III

Desobedecer las indicaciones de los Agentes de Multa de 10 a 20

Proximidad Vial, la señalización vial, semáforos y

UMA

85

Orden Jurídico Poblano

24, fracción IV

los mecanismos utilizados para regular el

tránsito.

Por exceder la velocidad máxima permitida hasta Multa de 10 a 13

en 10 km/h.

UMA

24, fracción IV

Por exceder la velocidad máxima permitida entre Multa de 12 a 15

11 y 15 km/h.

UMA

24, fracción IV

Por exceder la velocidad máxima permitida entre Multa de 14 a 17

16 y 20 km/h.

UMA

24, fracción IV

Por exceder la velocidad máxima permitida entre | Multa de 16 a 19

21 y 25 km/h.

UMA

24, fracción IV

Por exceder la velocidad máxima permitida en

más de 26 km/h.

Multa de 18 a 21

UMA

24, fracción V

No utilizar el cinturón de seguridad, o no

cerciorarse de que todos los pasajeros lo utilicen.

Multa de 10 a 12

UMA

No encender sus luces durante la noche o

24, fracción VI cuando por circunstancias que prevalezcan no

haya suficiente visibilidad.

24,

VII

24,

VIII

fracción

No tomar el extremo derecho o izquierdo según

corresponda al lugar donde circulen al escuchar

la sirena de ambulancias, patrullas de policía o

cualquier vehículo de paso preferencial o de

emergencia, o no permitirles el paso.

fracción No conservar una distancia de seguridad

razonable entre su vehículo y el que va adelante.

Multa de 6 a 8

UMA

Multa de 10 a 20

UMA

Multa de 10 a 20

UMA

24, fracción IX

No reducir la velocidad para conservar una

distancia prudente cuando otro vehículo

pretenda incorporarse a su carril y éste lo haya

indicado con las luces direccionales.

Multa de 8 a 10

UMA

24, fracción X

No realizar la maniobra de ascenso y descenso de

las personas pasajeras al margen de las

banquetas, lugares autorizados o zonas de UMA

seguridad destinadas para este fin

Multa de 8 a 12

24, fracción XI

No activar los mecanismos electromecánicos

especiales, luces direccionales, estacionarias o

intermitentes integrados a los vehículos, para Multa de 6 a8

hacer las señales relativas al movimiento y

circulación treinta metros antes del lugar en el

que se va a realizar la maniobra.

UMA

86

24,

fracción No utilizar el carril del extremo correspondiente Multa de 8 a 10

XII

para dar vuelta a la derecha o izquierda.

UMA

24,

fracción

Multa de 4 a 8

No conducir por extrema derecha.

XIII

UMA

24,

fracción

Multa de 12 a 15

Conducir sin precaución.

XIV

UMA

24, fracción

XV

Conducir cuando por circunstancias visibles de

salud o cualquier otra estén disminuidas sus

facultades físicas o mentales.

Multa de 6 a 8

UMA

24,

XVI

fracción No respetar el paso preferencial de las personas Multa de 10 a 12

peatonas.

UMA

24,

XVII

fracción No respetar el paso preferencial de las personas

conductoras de vehículos no motorizados.

Multa de 10 a 12

24,

XVIII

fracción No respetar a los animales que deambulen en la Multa de 10 a 12

Vía Pública o cuando estén en el arroyo vial.

UMA

24,

XIX

fracción

No ceder el paso a las personas peatonas que

utilicen la banqueta al entrar o salir de cocheras,

estacionamientos u otros espacios compartidos.

Multa de 10 a 12

UMA

24,

XX

fracción

24,

fracción

XXI

No garantizar el paso de peatones que inician el

cruce con luz roja, aunque el semáforo cambie a

verde.

Multa de 10 a 12

UMA

No disminuir la velocidad antes de un giro para Multa de 10 a 12

verificar que no haya peatones cruzando y

UMA

cederles el paso si ya han iniciado el cruce.

24, fracción

XXII

No respetar una distancia mínima de 1.5 metros

de separación lateral con vehículos no

Amonestación

motorizados.

Circular sobre banquetas, camellones, Multa de 10 a 15

25, fracción I

andadores, ciclovías y vías peatonales.

UMA

25, fracción II

Circular en sentido contrario a lo indicado en la Multa de 20 a 30

señalización vial.

UMA

Circular,

estacionarse, interferir 0 realizar

Multa de 20 a 30

25, fracción III

cualquier maniobra en carriles de uso exclusivo.

UMA

25, fracción IV

Invadir los pasos peatonales marcados para Multa de 10 a 15

cruces de las vías públicas, así como en las

UMA

intersecciones con las mismas.

87

Orden Jurídico Poblano

25, fracción V

Detenerse o invadir áreas delimitadas en el

pavimento, incluyendo estacionamiento, áreas de

espera para bicicletas y carga/descarga.

Multa de 10 a 12

UMA

25, fracción VI

Adelantar o rebasar a un vehículo detenido ante

un cruce peatonal, señalado o no, para permitir

el paso de peatones.

Multa de 10 a 15

UMA

Circular a velocidad y trayectoria que mojen o

25,

VII

fracción salpiquen a personas peatonas o ciclistas al Multa de 10 a 15

pasar sobre encharcamientos 0 áreas con

líquidos en la Vía Pública.

UMA

25,

VIII

fracción

Circular en reversa más de diez metros.

Multa de 8 a 12

UMA

25, fracción IX

Circular en reversa en intersecciones, accesos

controlados y curvas.

Multa de 10 a 15

UMA

25, fracción X

Circular lentamente por el carril izquierdo

impidiendo que los vehículos puedan rebasar.

Multa de 8 a 12

UMA

su

Rebasar por el carril de tránsito opuesto cuando:

a) Sea imposible rebasarlo en el mismo sentido de

circulación;

b) El carril de circulación contrario no ofrezca

una clara visibilidad;

c) La vía no esté libre de tránsito en una distancia

25, fracción XI suficiente para permitir efectuar la maniobra sin

riesgo;

d) Se acerque a la cima de una pendiente o se

aproxime a una curva, y

e) Se encuentre a treinta metros o menos de

distancia de un crucero o de un paso de

ferrocarril.

Rebasar por la derecha a otro vehículo que

25, fracción transite en el mismo sentido, a excepción de que

XII

Multa de 10 a 15

UMA

el vehículo al cual pretenda rebasar disminuya

su velocidad para dar vuelta a la izquierda.

Multa de 8 a 10

UMA

25,

XIII

fracción Rebasar a otro vehículo que se detenga para Multa de 10 a 15

ceder el paso a Personas Peatonas.

UMA

25,

fracción Dar vuelta en "U" en lugares con señal Multa de 8 a 10

XIV

prohibitiva.

UMA

25,

fracción Dar vuelta en “U” en curva o cerca de una curva.

Multa de 10 a 15

88

XV

UMA

25,

fracción

Dar vuelta en lugares con señal prohibitiva.

XVI

Multa de 8 a 10

UMA

25,

fracción Realizar maniobras de ascenso o descenso de Multa de 10 a 15

XVII

personas en carriles centrales de las vías.

UMA

25,

XVIII

fracción Transportar un mayor número de personas para Multa de 8 a 12

el cual se diseñó el vehículo.

UMA

25,

XIX

fracción Transportar menores de doce años en los Multa de 8 a 12

asientos delanteros del vehículo.

UMA

25,

fracción

XX

Llevar menores de cinco años en los asientos

traseros del vehículo sin sistemas de retención

infantil.

Multa de 8 a 12

UMA

25,

XXI

fracción Transportar personas en la parte exterior de la Multa de 8 a 12

carrocería o en lugares no diseñados para ello.

UMA

25,

XXII

fracción

25,

XXIII

fracción

25,

XXIV

Transportar bicicletas, motocicletas o vehículos

similares en el exterior del vehículo, sin los

dispositivos de seguridad necesarios.

Circular con el parabrisas roto o estrellado, en

caso que distorsione la visibilidad al interior o

exterior del vehículo.

Permitir que los pasajeros dejen abiertas las

fracción puertas del vehículo por el lado de la circulación

o abrirlas sin cerciorarse de que no existe peligro

para otros usuarios de la vía.

25,

XXIV

fracción

25,

XXV

25,

XXV

fracción

Abrir los conductores la puerta del vehículo que

les corresponda sin la debida precaución,

entorpeciendo la circulación o por más tiempo

que el estrictamente necesario para su ascenso o

descenso.

Permitir intromisiones sobre el control de la

dirección del vehículo llevando entre las manos o

los brazos alguna persona, objeto o animal.

fracción Utilizar teléfonos celulares u

dificulten la conducción.

Multa de 6 a 8

UMA

Multa de 6a8

UMA

Multa de 8 a 15

UMA

Multa de 10 a 15

UMA

Multa de 10 a 15

UMA

objetos que Multa 12 a 15

UMA

25, fracción

XXV

Utilizar audífonos mientras conduce.

Multa de 10 a 15

UMA

25,

fracción Entorpecer la marcha de columnas militares, | Multa de 10 a 15

89

Orden Jurídico Poblano

XXVI

25,

XXVII

fracción

25,

XXVIII

escolares, desfiles cívicos y otro tipo de eventos UMA

similares.

Producir ruido excesivo o molesto con el radio,

equipo de audio, el claxon, el motor o escape del

vehículo.

Multa de 6 a 8

UMA

fracción Instalar o utilizar antirradar o detector de radares Multa de 8 a 10

en los vehículos.

Conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo

25, fracción de estupefacientes, enervantes, psicotrópicos o

XXIX

cualquier otra sustancia que produzca efecto

25,

XXX

fracción

25,

XXXI

25,

XXXII

25,

XXXIII

fracción

fracción

fracción

25,

XXXIV

fracción

25,

XXXV

fracción

25,

XXXVI

similar.

Tirar basura o cualquier otro material que pueda

dañar a las personas o vehículos que hacen uso

de la Vía Pública.

Transportar animales, bultos, paquetes u otros

objetos en los lugares destinados para los

pasajeros, cuando por su condición y volumen

impida la visibilidad del conductor o afecten la

seguridad de los pasajeros.

Tener abierto el escape y utilizar el freno de motor

en las vialidades de la ciudad, así como en las

entradas y salidas de la misma

Circular por la Vía Pública maquinaria pesada u

objetos con ruedas de cualquier género que

puedan dañar el piso, suelo o pavimento.

Insultar o denigrar mediante señales visuales o

audibles, golpear, agredir o poner en peligro a los

Agentes de Proximidad Vial en el desempeño de

sus funciones, así como a las personas peatonas

y conductoras.

Realizar maniobras con el vehículo con objeto de

UMA

Multa de 40 a 60

UMA

Multa de 8 a 10

UMA

Multa de 8 a 12

UMA

Multa de 6 a 10

UMA

Multa de 20 a 30

UMA

Multa de 20 a 30

UMA

a

Puesta

disposición de la

autoridad

competente

Multa de 20 a 30

intimidar o maltratar fisicamente a otra persona UMA

usuaria de la Vía.

Igualar o seguir en velocidad a un vehículo

fracción destinado a la prestación de servicios de

Multa de 10 a 20

emergencia cuando lleve la torreta encendida y/o UMA

la sirena abierta.

25,

fracción Circular con placas y/o tarjeta de circulación que | Multa de 30 a 40

90

XXXVII

correspondan a otros vehículos.

UMA

25,

fracción

XXXVIII

Circular con placas con cobertura o aditamentos

destinados a impedir su lectura por las cámaras

de seguridad y velocidad.

Multa de 10 a 15

UMA

25,

fracción

XXXIX

Hacer uso del perifoneo y propaganda sin la Multa de 4 a 6

autorización correspondiente.

25, fracción Abastecer, en lugares no autorizados, gas licuado Multa de 20 a 30

XL

UMA

de petróleo u otros similares.

UMA

25,

XLI

fracción

Realizar actos durante la conducción que puedan

constituir un peligro para terceras personas o

propiedad ajena.

Multa de 20 a 30

UMA

25,

XLII

fracción

Organizar o participar en las vías públicas,

competencias vehiculares de velocidad 0

Multa de 20 a 30

UMA

arrancones.

25, fracción

XLII

Realizar en la Vía Pública o espacios de uso

público, acrobacias, piruetas 0 cualquier

maniobra de alto riesgo.

Multa de 20 a 30

UMA

25,

XLIII

fracción Realizar cortes de circulación y cambios abruptos Multa de 10 a 15

de carril a alta velocidad.

25,

XLIV

fracción

25,

XLVI

25,

XLVII

Manipular con una o ambas manos aparatos de

telecomunicación, teléfonos celulares, radios, de

comunicación móvil, computadoras, agendas

electrónicas,

tabletas,

sistemas

de

posicionamiento global 0 cualquier otro

dispositivo electrónico o de comunicación que no

sea parte del diseño original del vehículo.

fracción Utilizar un dispositivo de comunicación

obstruyendo ambos oídos o utilizar audífonos.

UMA

Multa de 10 a 15

UMA

Multa de 12 a 15

UMA

fracción Fumar e ingerir bebidas o alimentos mientras Multa de 10 a 15

conduce.

26, fracción I

26, fracción II

No ceder el paso a los vehículos que se

aproximen por su derecha, salvo cuando la vía

donde circulen sea de mayor amplitud que la otra

o que tenga mayor volumen de tránsito, cuando

no exista señalización que regule la preferencia

de paso.

No dar preferencia de paso cuando los semáforos

se encuentren con luces intermitentes, a los

vehículos cuyo semáforo esté destellando en color

91

UMA

Multa de 8 a 12

UMA

Multa de 10 a 15

UMA

ámbar.

Orden Jurídico Poblano

No dar preferencia de paso a los vehículos que Multa de 10 a 15

26, fracción III circulen por una vía primaria, cuando la persona

conductora pretenda acceder a ella.

UMA

Dar vuelta continua a la derecha, sin Multa de 10 a 12

señalización que lo permita o sin precaución.

26, fracción IV

UMA

26, fracción V

No dar preferencia de paso a quienes circulen por Multa de 10 a 12

una glorieta.

UMA

26, fracción VI

Cambiar de carril sin precaución, sin usar las

luces direccionales o usar indebidamente las

luces intermitentes de emergencia en paradas o

estacionamientos no emergentes.

Multa de 10 a 12

UMA

26, fracción

VIII

No realizar alto total en los cruceros señalizados

con "alto uno y uno”, o no ceder el paso según

corresponda.

Multa de 8 a 12

UMA

26, fracción IX

No dar preferencia de paso a quienes se

desplacen sobre rieles.

Multa de 10 a 15

UMA

26, fracción X

No dar preferencia de paso a quienes circulen por Multa de 10 a 15

calles con camellón central, a los que lo hagan

por calles sin camellón.

No dar preferencia de paso a quienes circulen por

26, fracción XI vías asfaltadas o pavimentadas a quienes lo

hagan por calles que no lo están.

UMA

Multa de 10 a 15

UMA

26,

fracción

XII

Estacionarse en la Vía Pública por caso fortuito o

de fuerza mayor sin colocar los dispositivos de

advertencia.

Multa de 8 a 12

UMA

26,

fracción

XIII

26,

XIV

No dar preferencia de paso, los que circulen por Multa de 8 a 12

calles de doble sentido a los que lo hagan en

calles de un solo sentido.

No dar preferencia de paso a los vehículos

fracción destinados a la prestación de servicios de

emergencia, cuando circulen con torreta

encendida y/o la sirena abierta.

CAPÍTULO II.

UMA

Multa de 10 a 20

UMA

DE LA CIRCULACIÓN DE LOS VEHÍCULOS DESTINADOS

AL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE

92

27, fracción I Circular por el carril distinto de la extrema derecha.

Multa de 8 a 12

UMA

27, fracción

II

No compartir de manera responsable la Vía Pública

con las Personas Usuarias de vehículos No

Motorizados, poniendo en riesgo su seguridad o no

respetando el espacio que les corresponde.

Multa de 8 a 12

UMA

27, fracción

III

No otorgar un espacio de al menos un metro

cincuenta (1,50) de separación lateral con las Amonestación

personas usuarias de vehículos no motorizados.

27, fracción Circular fuera de los carriles confinados cuando Multa de 10 a 15

IV

existan.

UMA

27, fracción Permitir el ascenso o descenso de pasajeros cuando Multa de 15 a 20

el vehículo este en movimiento.

V

No otorgar el tiempo necesario para que las

27, fracción personas con discapacidad o con movilidad

limitada se instalen en el interior del vehículo o en

la acera.

V

27, fracción No circular con las luces interiores encendidas en

VI

horario nocturno durante la prestación del servicio.

UMA

Multa de 15 a 20

UMA

Multa de 10 a 15

UMA

PROHIBICIONES DE LAS PERSONAS CONDUCTORAS DE VEHÍCULOS DESTINADOS

AL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE.

28, fracción I Circular por vías primarias en el segundo carril.

28, fracción

II

Multa de 10 a 15

UMA

Instalar o utilizar bocinas (claxon) que produzca Multa de 20 a 30

ruido excesivo o un sonido diferente al que

producía la bocina original de fábrica.

UMA

28, fracción

III

Circular hasta 10 km/h por encima del límite de

velocidad establecido conforme a los señalamientos

y a la clasificación de la vía.

Multa de 35 a 44

UMA

28, fracción

III

Multa de 45 a 59

UMA

28, fracción

III

28, fracción

Circular entre 11 y 15 km/h por encima del límite

de velocidad establecido conforme a los

señalamientos y a la clasificación de la vía.

Circular entre 16 y 20 km/h por encima del límite

de velocidad establecido conforme a los

señalamientos y a la clasificación de la vía.

Circular entre 21 y 25 km/h por encima del límite

de velocidad establecido conforme a los

Multa de 60 a 74

UMA

Multa de 75 a 84

93

Orden Jurídico Poblano

III

28, fracción

III

28, fracción

III

señalamientos y a la clasificación de la vía.

Circular entre 26 y 30 km/h por encima del límite

de velocidad establecido conforme a los

señalamientos y a la clasificación de la vía.

Circular a más de 30 km/h por encima del límite

de velocidad establecido conforme a los

señalamientos y a la clasificación de la vía.

Efectuar en la Vía Pública reparaciones, limpieza,

28, fracción así como realizar algún chequeo con sus

IV

UMA

Multa de 85 a 90

UMA

Multa de 91 a 95

UMA

Multa de 15 a 25

concesionarios, permisionarios o los dependientes | UMA

de éstos.

28, fracción

V

Llevar vidrios polarizados, oscurecidos o con

aditamentos u objetos distintos a las calcomanías

reglamentarias.

Multa de 45 a 75

UMA

28, fracción

VI

Instalar 0 utilizar televisores o pantallas de

proyección de cualquier tipo de imagen en la parte

delantera del vehículo.

Multa de 20 a 30

UMA

Multa de 15 a 25

UMA

28, fracción VII. Estacionar su vehículo en un lugar no

VII

autorizado para tal efecto.

CAPÍTULO III.

DE LA CIRCULACIÓN DE LOS VEHÍCULOS DESTINADOS

AL SERVICIO MERCANTIL DE TRANSPORTE DE CARGA

No portar la Carta Porte expedida por el Multa de 8 a 12

permisionario.

29, fracción I

29, fracción

II

No circular por el carril de extrema derecha.

UMA

Multa de 8 a 12

UMA

Circular o efectuar las maniobras de carga y

29, fracción descarga fuera del horario comprendido entre las | Multa de 12 a 20

III

nueve de la noche y diez de la mañana o en el que

señale la autoridad competente.

UMA

29, fracción Estacionar el vehículo o contenedor fuera del lugar Multa de 12 a 20

de encierro correspondiente.

IV

Circular sin evitar que caigan o arrojando objetos o

29, fracción derramando sustancias que obstruyan el tránsito o

pongan en riesgo la integridad física de las

V

personas.

UMA

Multa de 12 a 20

UMA

29, fracción No emplear el equipo operativo adecuado para | Multa de 12 a 20

94

VI

29, fracción

VII

resguardar la integridad peatonal y de vehículos en

caso de riesgo.

Emplear más del tiempo requerido para las

maniobras de carga y descarga de acuerdo a los

bienes de que se trate.

Rebasar los límites de carga y dimensiones sin

30, fracción I contar con la autorización especial

correspondiente.

UMA

Multa de 12 a 20

UMA

Multa de 12 a 20

UMA

30, fracción

II

Transportar en vehículos abiertos, materiales

pétreos o cualquier otro que por sus características

puedan ir cayendo a las vías.

Multa de 12 a 20

UMA

30, fracción

III

Transportar en vehículos abiertos, material que

despida mal olor o cadáveres de animales sin la

autorización correspondiente.

Multa de 12 a 20

UMA

IV

conforme a la normativa aplicable.

30, fracción Transitar por vías restringidas para su circulación Multa de 20 a 30

Circular por carriles centrales tratándose de vías de | Multa de 10 a 12

tres carriles.

UMA

32, fracción I

UMA

de los costados.

32, fracción Cuando la carga sobresalga de la parte delantera o

II a)

Multa de 12 a 20

UMA

32, fracción

II b)

Cuando la carga sobresalga de la parte posterior

por más de un metro y no lleve reflejantes de color

rojo o banderolas que indiquen peligro.

Multa de 12 a 20

UMA

conductor.

32, fracción Cuando la carga obstruya la visibilidad del Multa de 12 a 20

II c)

UMA

tratándose de materiales esparcibles.

32, fracción Cuando la carga no esté debidamente cubierta, Multa de 12 a 20

II d)

UMA

vehículo por cables o lonas.

32, fracción Cuando la carga no vaya debidamente sujeta al Multa de 12 a 20

II e)

UMA

32, fracción | Circular con más de dos pasajeros en la cabina de Multa de 6 a 10

III

los vehículos de carga de más de 1,500 kilos.

UMA

32, fracción

IV

Circular en la vías o tramos de vía que se

encuentren señalados como prohibidos para su

tránsito.

Multa de 20 a 30

UMA

34, fracción I | No cubrir de manera adecuada con una lona que

proteja el material de construcción para que se

95

Multa de 12 a 20

UMA

Orden Jurídico Poblano

34, fracción

II

34, fracción

III

34, fracción

IV

proteja, y no emplee carrocerías o cajas apropiadas.

No estar dotado de un tanque unitario o de una

olla revolvedora, tratándose de líquidos, gases y

suspensiones.

No llevar una caja refrigeradora para carnes y

vísceras que garantice las condiciones higiénicas

indispensables.

No ir debidamente cubiertos y no contar con el

permiso respectivo para materiales u objetos

repugnantes a la vista o al olfato.

No sujetarse al horario, ruta y condiciones

establecidas por la autoridad competente al

34, fracción transportar maquinaria u objetos cuyo tamaño o

V

34, fracción

VI

35, fracción I

peso puedan ocasionar lentitud en la maniobra,

entorpecer la libre circulación o causar perjuicio a

los pavimentos.

Transportar ganado bravo, bestias peligrosas u

otros animales sin encajonarlos o enjaularlos

previamente.

No utilizar vehículos adaptados exclusivamente

para tal objeto, así como latas, tambores o

contenedores herméticamente cerrados.

Multa de 12 a 20

UMA

Multa de 12 a 20

UMA

Multa de 12 a 20

UMA

Multa de 12 a 20

UMA

Multa 12 a 20

UMA

Multa 12 a 20

UMA

35, fracción No llevar en los vehículos cadenas metálicas que Multa 12 a 20

II

vayan en contacto con el piso.

35, fracción

III

No contar con un extinguidor de incendio.

UMA

Multa de 12 a20

UMA

35, fracción

IV

35, fracción

V

36, fracción I

No portar en la parte posterior del vehículo y

rótulos en las posteriores y laterales, un rombo rojo

con el número correspondiente al producto, que

contengan la inscripción “PELIGRO, EXPLOSIVO” ο

“PELIGRO, INFLAMABLE”.

Circular en las vías o tramos de vía que se

encuentren señalados como prohibidos para su

tránsito.

Llevar a bordo del vehículo personas ajenas a su

operación.

Multa de 20 a 30

UMA

Multa 20 a 30

UMA

Multa de 8 a 10

UMA

36, fracción Arrojar al piso o descargar en las vialidades Multa de 12 a 20

cualquier tipo de sustancias tóxicas o peligrosas.

II

UMA

96

36, fracción Estacionar los vehículos en la Vía Pública o en la Multa de 20 a 30

III

proximidad de una fuente de riesgo.

UMA

pobladas o en unidades habitacionales.

36, fracción Estacionar los vehículos en zonas densamente Multa de 20 a 30

IV

UMA

V

36, fracción Realizar maniobras de carga y descarga en lugares | Multa de 20 a 30

inseguros o no destinados para tal fin.

UMA

densidad poblacional.

36, fracción Circular en sectores de intenso tránsito o de alta Multa de 20 a 30

VI

UMA

36, fracción

VII

Circular en vías o tramos de la vía que se

encuentren señalados como prohibidos para su

tránsito.

Multa de 20 a 30

UMA

37

No proteger y señalizar la carga cuando por alguna

circunstancia de emergencia se requiera estacionar

el vehículo en la Vía Pública u otra fuente de riesgo.

Multa de 20 a 30

UMA

CAPÍTULO IV. DE LA CIRCULACIÓN DE MOTOCICLETAS

39, fracción I Circular en el sentido contrario de la vía.

39, fracción

II

39, fracción

III

Invadir más de un carril de circulación.

Multa de 20 a 30

UMA

Multa de 8 a 10

UMA

No respetar los señalamientos viales.

Multa 10 a 12

UMA

39, fracción

IV

No circular en el asiento fijo a la estructura, con

una pierna a cada lado del vehículo, cuando la

estructura del fabricante así lo permita y mantener

sujeto el manubrio o volante con ambas manos.

Multa de 4 a8

UMA

39, fracción

V

Rebasar los motociclistas por el carril derecho.

Multa de 8 a 12

UMA

39, fracción Llevar abordo a mayor número de personas que los Multa de 4a8

VI

asientos acondicionados para ello.

39, fracción Circular los motociclistas sin las luces encendidas

VIII

UMA

Amonestación

durante el día.

39, fracción

VIII

Circular los motociclistas sin las luces encendidas

durante la noche o en condiciones de escasa

visibilidad

Multa de 8 a 10

UMA

39, fracción | No respetar a las Personas Peatonas, personas con

97

Multa de 8 a 10

IX

Orden Jurídico Poblano

discapacidad, mujeres embarazadas, niños, UMA

adultos mayores, así como ciclistas y demás

conductores de vehículos motorizados.

39, fracción

X

No portar la tarjeta de circulación y/o placa.

Multa de 8 a 10

UMA

39, fracción

XI

No portar la licencia o permiso para conducir con la

modalidad de motociclista, y/o sin la póliza de

Multa de 10 a 15

UMA

seguro.

39, fracción No usar adecuadamente casco el motociclista y en

XII

39, fracción

XIII

su caso el tripulante.

No llevar impresa o adherida de manera visible el

distintivo de identificación implementado por la

Secretaría.

Multa de 10 a 15

UMA

Multa de 4a6

UMA

39, fracción

XIV

40, fracción I

No cooperar con la autoridad correspondiente a

efecto de llevar a cabo las pruebas de

alcoholimetría o detección de drogas.

Circular sobre las aceras o banquetas y áreas

reservadas al uso de peatones, ciclovías, carriles

exclusivos, preferentes o confinados al transporte

público.

Puesta

a

disposición

autoridad

competente.

de

Multa de 10 a 15

UMA

40, fracción Circular por vías públicas en donde lo prohíba la Multa de 12 a 15

II

III

señalización vial.

Circular con vehículos de menos de doscientos

cincuenta centímetros cúbicos de cilindrada en los

40, fracción carriles centrales, túneles, pasos a desnivel, vías

rápidas o interiores de las vías primarias, y en

donde expresamente les sea restringida la

circulación.

Circular entre carriles y/o entre los vehículos, y en

40, fracción donde así lo restrinja o prohíban los Agentes de

Proximidad Vial, o policías y agentes de tránsito

municipal.

IV

Llevar a un pasajero en un lugar intermedio entre

40, fracción la persona que conduce y el manubrio de la

motocicleta o en cualquier otro distinto a los

instalados de fábrica para tal efecto.

V

40, fracción

VI

Asirse o sujetarse a otros vehículos en movimiento.

UMA

Multa de 8 a 12

UMA

Multa de 8 a 12

UMA

Multa de 4a8

UMA

Multa de 4 a 8

UMA

98

40, fracción Circulares menores de doce años de edad en

VII

motocicletas de cualquier tipo.

40, fracción

VIII

40, fracción

IX

40, fracción

X

Transportar carga peligrosa que represente un

riesgo para sí o para otros, como tanques de gas,

recipientes con gasolina u otros solventes 0

materiales corrosivos, flamables o cualquier otro

objeto que impida mantener ambas manos sobre el

manubrio y un debido control del vehículo para su

necesaria estabilidad.

Transportar pasajeros o acompañantes menores de

edad, que, de acuerdo a su talla y peso, sean

incapaces de sujetarse por sus propios medios.

Doblar u ocultar parcial o totalmente o sobreponer

una mica o cualquier otro objeto sobre la placa de

circulación, de manera tal que impida o distorsione

su visibilidad o llevarla en un lugar distinto al que

el fabricante dispuso para ese fin.

Multa de 8 a 12

UMA

Multa de 12 a 20

UMA

Multa de 8 a 12

UMA

Multa de 12 a 15

UMA

40, fracción

XI

Hacer uso de aparatos de telefonía, utilizar

audífonos o algún otro aparato o dispositivo que

sea un factor de distracción mientras conduce.

Multa de 12 a 15

UMA

40, fracción Estacionarse sobre la acera o banqueta, ciclovías o

XII

en rampa de personas con discapacidad.

40, fracción

XIII

Hacer maniobras riesgosas o temerarias, cortes de

circulación o cambios abruptos de carril que

pongan en riesgo su integridad y la de terceros.

Multa de 10 a 15

UMA

Multa de 12 a 20

UMA

Circular sin hacer uso adecuado de

funcionamiento de los elementos de seguridad

40, fracción básicos, o que los vehículos tengan fugas de | Multa de 10 a 12

XIV

43

combustible o aceite o que no tengan escape y

silenciador, o que contando con él sea ruidoso y/o

emitan humo ostensiblemente contaminante.

CAPÍTULO VI. DE LOS FACTORES DE RIESGO

Reincidencia por conducir en estado de ebriedad o

bajo el influjo de estupefacientes, enervantes,

psicotrópicos o cualquier otra sustancia que

produzca efecto similar.

UMA

Multa 60 a 80

UMA

Suspensión

cancelación

licencia

conducir

0

de

para

43

Consumir bebidas alcohólicas o estupefacientes al

interior de un vehículo en la Vía Pública y poseer

99

Multa de 20 a 30

Orden Jurídico Poblano

una botella, lata u otro envase que contenga una UMA

bebida alcohólica que ha sido abierta, tiene sellos

rotos o el contenido parcialmente consumido.

CAPÍTULO VII. DE LAS NORMAS GENERALES PARA VEHÍCULOS

Circular sin las placas o permiso provisional

54, fracción I vigente proporcionado por la autoridad competente,

que acredite la pérdida o robo de las placas.

Multa de 60 a 70

UMA

54, fracción I Colocar las placas en lugar distinto al diseñado Multa de 40 a 70

a)

UMA

para ellas.

54, fracción I

b)

Impedir la visibilidad de las placas con sustancias

o cualquier material, remacharlas, soldarlas al

vehículo o llevar distintivos u objetos.

Multa de 40 a 70

UMA

54, fracción I

c)

No tener las placas la dimensión y características

que especifique la Norma Oficial Mexicana

respectiva

Multa de 40 a 70

UMA

circulación.

54, fracción I No coincidir con el engomado y la tarjeta de Multa de 40 a 70

d)

UMA

54, fracción I

e)

Cualquier acción que tenga por objeto alterar

alguna de las características autorizadas de las

placas.

Multa de 40 a 70

UMA

54, fracción

Circular sin engomado.

II

Multa de 4a6

UMA

54, fracción Colocar el engomado

en lugar distinto al Multa de 2 a 4

II

establecido en el presente Reglamento.

UMA

54, fracción

III

No contar con holograma o constancia de

verificación vehicular vigente emitidos por la

autoridad correspondiente.

Multa de 17 a 18

UMA

54, fracción

Circular sin tarjeta de circulación.

IV

Multa de 8 a 12

UMA

54, fracción Circular sin licencia o permiso para conducir Multa de 10 a 15

V

impresos o de forma digital.

UMA

54, fracción

VI

Circular sin póliza de seguro.

Multa de 10 a 15

UMA

55, fracción I

No contar con combustible suficiente para su buen

funcionamiento.

Amonestación

55, fracción | No contar con faros delanteros que emitan luz Multa de 8 a 12

100

II

55, fracción

II

blanca, dotados de un mecanismo para cambio de UMA

intensidad.

No contar con luces:

De destello, estacionarias, de parada, de

emergencia

-Especiales;

Ο

intermitentes;

-Que indiquen marcha atrás;

-Indicadoras de frenos en la parte trasera;

-Direccionales de destello, delantero y trasero;

-Que iluminen la placa trasera

Cuartos delanteros de luz amarilla traseros de luz

roja.

Multa de 8 a 12

UMA

55, fracción

IV

No contar con llantas que garanticen la seguridad.

Multa de 4 a 8

UMA

55, fracción | No contar con llanta de refacción y la herramienta Multa de 2 a 4

adecuada para el cambio de esta.

IV

UMA

55, fracción | No contar con dos espejos laterales y retrovisor Multa de 4a8

V

interior.

55, fracción

VI

No contar con defensas delantera o trasera.

55, fracción

VII

No contar con cinturones de seguridad para todos

los ocupantes y en el caso de menores de edad el

sistema de retención infantil o asiento elevador.

55, fracción

VIII

No contar con claxon, bocina o timbre.

55, fracción

IX

UMA

Multa de 4 a 8

UMA

Multa de 8 a 10

UMA

Multa de 4 a 8

UMA

No contar con parabrisas, medallones y vidrios que Multa de 6 a 8

permitan la visibilidad del conductor al exterior y al

interior del vehículo, con limpiadores automáticos.

UMA

55, fracción

No contar con freno de pie y de mano.

X

55, fracción | No contar con equipo de emergencia, como

extinguidor, reflejantes o faroles de señalamiento.

XI

55, fracción | No contar con sistema de escape de gases con

mofle o en su caso convertidor catalítico.

XII

56, fracción I

Instalar en vehículos particulares torretas o sirenas

similares a los utilizados para cumplir sus

101

Multa de 6 a 8

UMA

Amonestación

Multa 8 a 12

UMA

Multa de 15 a 20

Orden Jurídico Poblano

funciones vehículos policiales o de emergencia.

UMA

56, fracción Instalar en vehículos particulares faros delanteros Multa de 4a8

II

de color distintos al blanco o ámbar.

Instalar

56, fracción

III

UMA

faros

Multa de 8 a 12

UMA

en vehículos

particulares

deslumbrantes que pongan en riesgo la seguridad

de conductores o peatones.

Instalar en vehículos particulares elementos de

56, fracción identificación iguales o similares a los del

transporte público de pasajeros del Estado,

vehículos de emergencia o patrullas.

IV

Multa de 15 a 20

UMA

56, fracción

V

Instalar en vehículos particulares luces de neón

alrededor de las placas que impidan la visibilidad

de la misma.

Multa de 8 a 12

UMA

56, fracción

VI

Instalar en vehículos particulares televisor 0

pantalla de proyección de cualquier tipo de

imágenes en la parte interior delantera.

Multa de 10 a 15

UMA

56, fracción

VII

Instalar vidrios polarizados, oscurecidos 0

aditamentos que obstruyan la visibilidad del

conductor o al interior del Vehículo particular.

Multa de 4 10

UMA

64

Remolcar o empujar vehículos motorizados sin el Multa de 8 a 12

uso de una grúa.

CAPÍTULO IX. USO DE LA VÍA PÚBLICA

Instalar estructuras, anuncios, mobiliario 0

65, fracción I cualquier otro objeto fijo, semifijo o móvil sin la

autorización o permiso correspondiente.

UMA

Multa 5 a 10

UMA

65, fracción

II

Alterar, destruir, derribar, cubrir, cambiar de

posición o lugar las señales o dispositivos para el

control del tránsito.

Multa de 30 a 40

UMA

Colocar señales o dispositivos para el control del

65, fracción tránsito, tales como boyas, topes, barreras, entre

otros, así como aplicar pintura en las vías públicas |

sin la autorización correspondiente.

III

65, fracción Usar vehículos en la Vía Pública para bloquear u

IV

obstaculizar el tránsito.

65, fracción

V

Multa de 10 a 15

UMA

Multa de 20 a 30

UMA

Dejar semovientes sueltos sobre la Vía, así como

permitir que el ganado circule en el Arroyo Vial sin Amonestación

supervisión ni medidas de seguridad.

102

65, fracción Reservar espacios para estacionar vehículos sin la

autorización correspondiente.

VI

65, fracción Estacionar vehículos con el fin de venta, cambio o

VII

permuta de manera habitual.

65, fracción Cobrar por el estacionamiento de vehículos en la

VIII

Vía Pública, sin la autorización correspondiente.

Colocar anuncios cuya disposición de forma, color,

65, fracción luz o símbolos puedan confundirse con señales de

IX

tránsito y vialidad, u obstaculizar la visibilidad de

los mismos.

Amonestación y

retiro de

los

Objetos utilizados

Multa de 8 a 12

UMA

Amonestación

Multa de 10 a 15

UMA

65, fracción

IX

Colocar espejos en inmuebles que provoquen

reflejos en las personas conductoras de los

vehículos.

Multa de 10 a 15

UMA

Colocar luces

65, fracción

X

0

deslumbren

conductoras.

65, fracción Abrir zanjas o efectuar trabajos sin la autorización | Multa de 20 a 30

0 anuncios luminosos

distraigan a las personas

que Multa de 10 a 15

UMA

XI

y las protecciones de obra correspondientes.

UMA

65, fracción

XII

Efectuar reparaciones o dar mantenimiento a

vehículos en vías públicas, excepto en caso de

emergencia.

Multa de 8 a 12

UMA

65, fracción

XIII

Hacer uso de equipo de sonido para anunciar o dar

publicidad con fines de propaganda comercial, sin

el permiso correspondiente.

Multa de 6 a 8

UMA

65, fracción

XIV

Hacer uso indebido del claxon, en zonas escolares,

hospitales, parques, plazas públicas, iglesias y

donde exista concentración de personas.

Multa de 10 a 12

UMA

Vender en puestos ubicados o estacionados, fijos o

65, fracción semifijos, en vehículos, plataformas o remolques Multa de 8 a 12

XV

que ocupen las vías públicas, banquetas o

camellones sin el permiso correspondiente.

UMA

65, fracción

XVI

Abandonar vehículos en la Vía Pública.

Estacionarse en vías públicas a menos de diez

67, fracción I metros de las bocacalles, esquinas o donde termine

la calle.

103

Multa de 8 a 12

UMA

Multa de 8 a 12

UMA

Orden Jurídico Poblano

Estacionarse en los lugares destinados a matrices y

67, fracción derivaciones de sitio de taxis, paradas de

transporte público colectivo o masivo y bahías de

servicio.

II

67, fracción

III

Estacionarse frente a lugares destinados a

cocheras privadas, así como los ingresos de

estacionamientos públicos obstruyendo su ingreso.

67, fracción andadores,

IV

Estacionarse sobre las banquetas, camellones,

rampas para personas con

discapacidad u otras vías reservadas a peatones o

ciclistas, sea parcial o totalmente.

Multa de 8 a 12

UMA

Multa de 8 a 12

UMA

Multa de 10 a 15

UMA

67, fracción Estacionarse en las vías públicas en doble o más Multa de 8 a 12

V

filas.

UMA

67, fracción

VI

Estacionarse a menos de cinco metros de una

entrada de estación de bomberos, ambulancias,

policía, tránsito, hospitales, edificios públicos,

gasolineras, centros escolares y de cualquier acceso

a un lugar de concentración masiva.

Multa de 10 a 15

UMA

67, fracción

VII

Estacionarse en los lugares en donde se obstruya

la visibilidad de señales de tránsito a los demás

conductores.

Multa de 8 a 12

UMA

67, fracción Estacionarse sobre cualquier puente o interior de Multa de 8 a 12

VIII

un túnel.

UMA

67, fracción Estacionarse a menos de diez metros del riel más Multa de 8 a 12

cercano de un cruce ferroviario.

IX

Estacionarse a menos de cincuenta metros de un

67, fracción vehículo estacionado en el lado opuesto en una

X

carretera de no más de dos carriles y con doble

sentido de circulación.

67, fracción Estacionarse a menos de cien metros de una curva

XI

o cima sin visibilidad.

UMA

Multa de 8 a 12

UMA

Multa de 8 a 12

UMA

67, fracción

XII

Estacionarse en las zonas autorizadas de carga y

descarga, o en zonas de ascenso y descenso para el

transporte público colectivo de pasajeros.

Multa de 8 a 12

UMA

67, fracción

XIII

Estacionarse en sentido contrario a la circulación.

Multa de 10 a 15

UMA

67, fracción Estacionarse frente a

XIV

tomas de agua para Multa de 10 a 15

bomberos.

UMA

104

67, fracción Estacionarse en lugares exclusivos autorizados por Multa de 8 a 12

XV

la autoridad competente.

67, fracción

XVI

67, fracción

XVII

UMA

provoque Multa de 8 a 12

Estacionarse en lugares donde se

entorpecimiento a la circulación o molestias a los

peatones, ciclistas o vecinos del lugar.

Estacionarse en vialidades con corredores

exclusivos, confinados y/o preferentes de

transporte público.

Estacionarse en lugares donde exista señalamiento

67, fracción restrictivo vertical, horizontal o pintura amarilla en

XVIII

UMA

Multa de 20 a 30

UMA

Multa de 8 a 12

guarnición, machuelo o filo de la banqueta que

indique prohibición.

UMA

95 fracción I

La fuga o suplantación de persona conductora Multa de 50 a 60

involucrada en un siniestro de tránsito.

UMAS

Fuente oficial: consultar publicación

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