Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán · Titulo PRIMERO — DISPOSICIONES GENERALES · Capitulo ÚNICO — OBJETO DEL REGLAMENTO

Artículo 1

Ordenamiento: Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán · Ámbito: Yucatán
Última reforma: 2021-03-05

Vigencia verificada: 6 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 1. Este Reglamento es de orden público, de interés social, de observancia

general y tiene por objeto establecer las disposiciones normativas para el debido

cumplimiento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, en lo relativo

a:

I. El ejercicio de las competencias que en materia de tránsito y vialidad

corresponden al Poder Ejecutivo;

II. La clasificación y equipamiento de los vehículos, así como el régimen de

utilización de los dispositivos obligatorios;

III. Los requisitos administrativos y las condiciones técnicas obligatorias para el

tránsito de vehículos;

IV. La regulación del uso de la vía pública;

V. Las normas generales para el tránsito de vehículos, peatones y semovientes en

las vías públicas, así como los derechos y obligaciones de las personas usuarias

de las mismas;

Integrado por: Subdirección de Informática Jurídica

Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones

Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Marco normativo

CNDH

Fecha de publicación: 21 de junio de 2011

VI. La clasificación y regulación de los dispositivos para el control del tránsito y la

vialidad;

VII. La implementación de mecanismos para prevenir accidentes y el uso de los

dispositivos tecnológicos especializados, para tal efecto;

VIII. La regulación de las disposiciones de tránsito para la circulación de los

vehículos del servicio público de transporte de pasajeros y de carga, las terminales

y los estacionamientos;

IX. La promoción de la educación vial y la regulación de las escuelas de manejo;

X. Los procedimientos a seguir en caso de accidentes de tránsito y la

responsabilidad civil resultante;

XI. La prestación del servicio público de tránsito, peritación, arrastre y auxilio vial,

(sic) cargo de la Secretaría de Seguridad Pública;

XII. La determinación de las conductas infractoras derivadas del incumplimiento de

las normas en materia de tránsito y vialidad, así como las sanciones aplicables a

las mismas;

XIII. La aplicación de las medidas cautelares o preventivas, para evitar riesgos a

los usuarios de las vías públicas;

XIV. La actuación de los jueces de vialidad y el procedimiento de interposición del

recurso de revisión, y

XV. El funcionamiento del Consejo Consultivo de Tránsito y Vialidad del Estado de

Yucatán.

Definiciones

Fuente oficial: consultar publicación

Índice de la leyArt. 2 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis