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Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán · Titulo TERCERO — CLASIFICACIÓN DE LOS VEHÍCULOS · Capitulo IV — DEL AGRUPAMIENTO POR CATEGORÍAS Y OTRAS

Artículo 26

Ordenamiento: Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán · Ámbito: Yucatán
Última reforma: 2021-03-05

Vigencia verificada: 6 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 26. Atendiendo al servicio que prestan, los vehículos se clasifican de la

siguiente manera:

I. Servicio privado;

II. Servicio público local, y

Integrado por: Subdirección de Informática Jurídica

Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones

Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Marco normativo

CNDH

Fecha de publicación: 21 de junio de 2011

III. Servicio público federal.

TÍTULO CUARTO. EQUIPAMIENTO DE LOS VEHÍCULOS

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Dispositivos obligatorios

Fuente oficial: consultar publicación

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