Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Reglamento de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Morelos en Materia…

Artículo 63

Ordenamiento: Reglamento de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Morelos en Materia de Evaluación del Impacto… · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-10-05

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO *63. Los responsables de la ejecución de las obras, deben informar

por escrito a la Secretaría las fechas de inicio y conclusión de las mismas y, en su

caso, del cambio de titularidad del responsable de ellas, dentro de los cinco días

hábiles en que ocurra cada supuesto.

NOTAS:

REFORMA VIGENTE. - Reformado por artículo primero del Decreto publicado en el 2017/10/12. Antes decía: Los

responsables de la ejecución de las obras, deben informar por escrito a la Comisión las fechas de

inicio y conclusión de las mismas y, en su caso, del cambio de titularidad del responsable de ellas,

dentro de los cinco días hábiles en que ocurra cada supuesto.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 62Índice de la leyArt. 64 →
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis