Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos · Titulo SEGUNDO — DEL RECONOCIMIENTO Y EXPLORACIÓN SUPERFICIAL Y DE LA EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS · Capitulo II — Disposiciones Generales de las Asignaciones para Desarrollo Propio y Asignaciones para Desarrollo Mixto · Seccion Tercera — De la Revocación
Artículo 25
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 25. Para efectos del artículo 18 de la Ley, se consideran causas justificadas los casos fortuitos o de fuerza mayor, así como los demás que se establezcan en el título de Asignación.
Capítulo III
De las Asignaciones para Desarrollo Propio
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SOBRESEIMIENTO. (s/clave)
- LEYES, AGRAVIOS CAUSADOS POR LAS. (s/clave)
- EXCEPCIONES. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
- VIOLACIONES ALEGADAS. (s/clave)
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