Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos · Titulo SEGUNDO — DE LOS PERMISOS · Capitulo I — DISPOSICIONES COMUNES
Artículo 24
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 24.- Para efecto de los permisos previstos en la fracción II del artículo 20, en adición a los requisitos que señala el artículo 21, el solicitante deberá acompañar a su solicitud la información y documentación siguiente:
I. Aquellos a que se refieren las fracciones I, párrafo primero, II, III, V, VII, IX, X, XI, XII y XVI del artículo 22 del presente Reglamento;
II. Exhibir los documentos, certificados por fedatario público, que acrediten la propiedad o legal posesión del inmueble en el que se vaya a instalar el establecimiento;
III. Presentar la relación de los juegos con apuestas y sorteos que se pretendan instalar, así como el programa y la reglamentación de cada uno de ellos;
IV. Especificar, de manera detallada, los lineamientos de operación del cruce de apuestas que se empleará en la feria, así como el control de las mismas;
V. Señalar nombre y domicilio de los representantes del permisionario que actuarán como responsables durante la celebración de los eventos, y
VI. Presentar la certificación, formulada por dos instituciones de reconocido prestigio y dirigida a la Secretaría, que hagan constar que en la celebración de la feria del año inmediato anterior a la fecha de la solicitud, se registró un mínimo de 250,000 asistentes.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- JUEGOS Y SORTEOS. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA SOBRE EL CRUCE DE APUESTAS EN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS EN FERIAS REGIONALES. (P./J. 140/2009)
- JUEGOS Y SORTEOS. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA SOBRE EL CRUCE DE APUESTAS EN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS EN FERIAS REGIONALES. (125)
- JUEGOS Y SORTEOS. LA FIANZA PREVISTA EN LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 21 DEL REGLAMENTO DE LA LEY RELATIVA, CONSTITUYE UN REQUISITO NECESARIO Y PREVIO A LA SOLICITUD PARA OBTENER EL P (I.7o.A.712 A)
- JUEGOS Y SORTEOS. EL ARTÍCULO 22, FRACCIÓN IX, DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, RESPETA EL DERECHO A LA SEGURIDAD JURÍDICA. (2a. IX/2014 (10a.))
- JUEGOS Y SORTEOS. EL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL RELATIVA NO EXCEDE AL EJERCICIO DE LA FACULTAD REGLAMENTARIA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR REGULAR EL CRUCE DE APUESTAS EN PE (P./J. 142/2009)
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