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Modo: Corpus Pro

Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre

Artículo 135

Ordenamiento: Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre · Ámbito: Federal
Última reforma: 2014-05-09

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 135. Para la transferencia de derechos de aprovechamiento no extractivo, los titulares de autorizaciones seguirán el procedimiento establecido en el artículo 92 de este Reglamento.

CAPÍTULO NOVENO

Mascotas o Animales de Compañía

Capítulo adicionado DOF 09-05-2014

Fuente oficial: consultar publicación

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