Reglamento de Recursos Financieros y Presupuestales del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso…
Artículo 93
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 93. El Órgano Interno de Control, tiene como atribución la de inspeccionar y vigilar el adecuado
cumplimiento de este Reglamento, y para tal efecto podrá realizar auditorías y visitas a las unidades
administrativas.
Las auditorías serán un mecanismo coadyuvante para controlar y evaluar las operaciones que realicen las
unidades administrativas.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- AUTORIDAD RESPONSABLE. SUPERIOR JERARQUICO. (643)
- AUTORIDAD RESPONSABLE. SUPERIOR JERARQUICO. (s/clave)
- REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- AUTORIDADES RESPONSABLES. INSPECTORES Y EJECUTORES. (s/clave)
- VISITAS DE INSPECCION O AUDITORIA. VIA LEGAL PARA IMPUGNARLAS. (s/clave)
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