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Reglamento del Senado de la República

Artículo 2671

Ordenamiento: Reglamento del Senado de la República · Ámbito: Federal
Última reforma: 2024-12-06

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 267

1. El Senado realiza el análisis del informe anual que el Presidente de la República presenta por escrito sobre el estado general que guarda la administración pública del país, dentro del plazo establecido en la Ley.

2. El análisis se efectúa por materias: política interior, política económica, política social y política exterior, a efecto de verificar el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales.

3. La Mesa Directiva, en consulta con la Junta y las comisiones, formula el calendario para el análisis del informe presentado, sea en el Pleno, en comisiones o en ambas modalidades.

4. Derivado del análisis en comisiones, y de acuerdo con las propuestas de las mismas, la Mesa, en consulta con la Junta, formula el calendario de comparecencias de servidores públicos a que se refiere el párrafo segundo del artículo 69 de la Constitución.

5. Para una mejor coordinación en la formulación del calendario de comparecencias, la Mesa consulta al Ejecutivo Federal ya los órganos competentes de la Cámara de Diputados.

Fuente oficial: consultar publicación

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