Reglamento interior de la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo Estatal
Artículo 6
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 6. Se adscriben jerárquicamente a la Oficina de la Persona Titular de la
Secretaría, las siguientes Unidades Administrativas y Órganos Desconcentrados:
I. La Secretaría Técnica;
II. La Dirección General de Ordenamiento Territorial;
III. La Dirección General de Gestión Ambiental;
IV. La Dirección General de Educación Ambiental, Restauración Ecosistémica y
Cambio Climático;
V. La Dirección General de Áreas Naturales Protegidas;
VI. La Dirección General de Consultoría, Asuntos Jurídicos y Normatividad;
VII. La Dirección General de Proyectos y Gestión Administrativa;
VIII. La Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Morelos, y
IX. La Comisión Estatal de Biodiversidad.
La adscripción de los Órganos Desconcentrados a que se refieren las fracciones
VIII y IX, únicamente será para efectos administrativos.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE.- Reformado por ARTÍCULO PRIMERO dispositivo del Decreto por el que se
reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del , publicado en el
Libertad”, número 6572 Extraordinaria, de fecha 2026/06/23. Vigencia: 2026/06/24. Antes decía:
Fuente oficial: consultar publicación
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)
Se adscriben jerárquicamente a la Oficina de la Persona Titular de la Secretaría, las siguientes Unidades Administrativas y Órganos Desconcentrados:
I. La Dirección General de Ordenamiento Territorial;
II. La Dirección General de Gestión Ambiental;
III. La Dirección General de Educación Ambiental y Vinculación Estratégica;
IV. La Dirección General de Áreas Naturales Protegidas;
V. La Dirección General de Mejoramiento Ecosistémico y Cambio Climático;
VI. La Dirección General de Consultoría, Asuntos Jurídicos y Normatividad;
VII. La Dirección General de Proyectos y Gestión Administrativa;
VIII. La Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Morelos, y
IX. La Comisión Estatal de Biodiversidad.
La adscripción de los Órganos Desconcentrados a que se refieren las fracciones VIII y IX, únicamente será para efectos administrativos.
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