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Modo: Corpus Pro

Reglamento Interior de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo Estatal

Artículo 12

Ordenamiento: Reglamento Interior de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo Estatal · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-11-03

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 12. A la persona Titular de la Dirección General de Proyectos y Políticas

Públicas en Salud le corresponden las siguientes atribuciones específicas:

I. Proponer estudios y análisis en el ámbito comp etencial de la Secretaría,

sugiriendo estrategias de acción para la implementación de políticas públicas en

salud;

II. Establecer equipos de trabajo para la elaboración de proyectos en materia de

salud, de acuerdo a las características poblacionales del Estado;

III. Someter los proyectos en materia de salud a los diferentes financiadores

internos y externos, para su implementación en el Estados;

IV. Analizar los resultados de los proyectos en materia de salud, y proponer

acciones incluyentes y efectivas para la implementación mejoras;

V. Promover en conjunto con las Entidades del sector competentes la correcta

implementación del expediente clínico electrónico, en su caso, como

herramienta de comunicación en salud, conforme la Normativa;

VI. Coadyuvar en la integración del Programa Sectorial de Salud Estatal;

VII. Dar seguimiento a las evidencias existentes sobre los efectos ocasionados

por la implementación de las políticas públicas establecidas y generar nueva

evidencia científica;

VIII. Dar seguimiento a los acuerdos establecidos por el Consejo Nacional de

Salud en el ámbito competencial de la Secretaría;

IX. Establecer un vínculo entre las instituciones educativas y los Organismos

Públicos Descentralizados para el seguimiento a la formación de recursos

humanos en salud;

X. Proponer a la Persona Titular de la Secretaría, disposiciones y lineamientos

en materia de salubridad local;

XI. Proponer a la Persona Titular de la Secretaría disposiciones relacionadas

con la regulación, control y fomento sanitario de la medicina alternativa,

tradicional y herbolaria conforma a la ley de la materia, y

XII. Proponer a la Persona Titular de la Secretaría la política estatal de

desarrollo en materia de salud y promover su concertación con los sectores de

la sociedad.

Fuente oficial: consultar publicación

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