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Modo: Corpus Pro

Reglamento Interior de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo Estatal

Artículo 19

Ordenamiento: Reglamento Interior de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo Estatal · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-11-03

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 19. La Secretaría contará con una UEFA, que estará a cargo de la

persona servidora pública que nombre la persona Titular de la Secretaría de

Administración con base en los lineamientos que se establezcan para tal fin.

Estará integrada por el personal técnico y administrativo que se requiera para el

ejercicio de sus atribuciones, que conforme a la suficiencia pres upuestal y previo

dictamen funcional correspondiente, se señalen en este Reglamento, los

Manuales Administrativos y en las disposiciones aplicables. El nivel, categoría y

perfil de puesto serán determinados por la Secretaría de Administración y la

Secretaría de Hacienda, en sus respectivas competencias.

Fuente oficial: consultar publicación

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