Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Poder Ejecutivo Estatal
Artículo Transitorio CUARTA
Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
CUARTA. El personal adscrito a las Unidades Administrativas de la Secretaría d e
Seguridad y Protección Ciudadana que cambien de denominación, permanecerán
en las áreas acordes para el desempeño de las funciones específicas, de acuerdo
a lo que establezca para el caso la Unidad Administrativa, conservando su
antigüedad y derechos lab orales que les correspondieren al momento de la
entrada en vigor del presente instrumento.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- TRABAJADORES DEL ESTADO. CAMBIO DE ADSCRIPCION. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CAMBIO DE ADSCRIPCION DE LOS. (1054)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CAMBIO DE ADSCRIPCION DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO, CAMBIO DE ADSCRIPCION DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CAMBIO DE ADSCRIPCION DE LOS. (s/clave)
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