Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Reglas de Carácter General a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones · Capitulo III — IDENTIFICACIÓN DEL CLIENTE Y DEL USUARIO DE QUIENES

Artículo 12 Bis

Ordenamiento: Reglas de Carácter General a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Il · Ámbito: Federal
Última reforma: 2020-11-30

Vigencia verificada: 24 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 12 Bis.- Quienes prepararen para un Cliente o Usuario cualquiera de las operaciones previstas

en la fracción XI del artículo 17 de la Ley, podrán integrar los expedientes de identificación de sus Clientes o

Usuarios únicamente con los datos señalados en los Anexos 3, 4, 4 Bis, 5, 6, 6 Bis, 7 Bis u 8 de las

presentes Reglas, según corresponda de acuerdo con el tipo de Cliente o Usuario de que se trate, así como

los relativos a la identificación y, en su caso, de su representante, apoderados legales, delegados fiduciarios o

de las personas que realicen el acto u operación a nombre de dicha persona moral. (Artículo adicionado

D.O.F. 24 julio 2014)

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 11Índice de la leyArt. 13 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis