Reglas de Carácter General a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones · Capitulo III — IDENTIFICACIÓN DEL CLIENTE Y DEL USUARIO DE QUIENES
Artículo 14
Vigencia verificada: 24 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 14.- Tratándose de personas morales que realicen Actividades Vulnerables que formen parte de
Grupos Empresariales, el expediente de identificación del Cliente o Usuario podrá ser integrado y conservado
por cualquiera de las otras personas morales que formen parte del mismo Grupo Empresarial, aun cuando no
realicen la misma Actividad Vulnerable, siempre que:
I. Cuente con el consentimiento expreso del Cliente o Usuario para que dicha persona moral
proporcione los datos y documentos relativos a su identificación a cualquiera de las personas
morales que conforman el Grupo Empresarial con la que pretenda realizar una Actividad Vulnerable;
II. Las personas morales que realicen Actividades Vulnerables que conformen el Grupo Empresarial
celebren entre ellas un convenio, en el que acuerden que:
a) Podrán intercambiar los datos y documentos relativos a la identificación del Cliente o Usuario,
con el objeto de realizar una nueva Actividad Vulnerable con el mismo;
b) La persona moral que realice la Actividad Vulnerable que integre el expediente, se obligue a
mantenerlo a disposición de las otras personas morales que realicen Actividades Vulnerables
para su consulta y/o para que lo proporcionen a la UIF o al SAT, cuando éstos lo requieran, y
c) En caso de que alguna de las personas morales que realicen Actividades Vulnerables se
separe del Grupo Empresarial, esta deberá integrar el expediente de identificación de sus
Clientes o Usuarios, y
III. La persona moral que realice la Actividad Vulnerable que integre y conserve el expediente de
identificación, observe los criterios, medidas y procedimientos internos de identificación del
Cliente o Usuario correspondientes a todas las Actividades Vulnerables que realicen las personas
morales que integran el Grupo Empresarial. (Fracción reformada D.O.F. 24 julio 2014)
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. EL ALTA EN EL PADRÓN DE QUIENES REALICEN ACTIVIDADES VULNERABLES EN TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL RELAT (III.5o.A.2 A (10a.))
- PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. EL ALTA EN EL PADRÓN DE QUIENES REALICEN ACTIVIDADES VULNERABLES EN TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL RELAT (III.5o.A. J/1 (10a.))
- PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. EL ARTÍCULO 12 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL PREVER QUE QUIENES REALICEN ACTIVIDADES (III.5o.A.5 A (10a.))
- PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. EL ARTÍCULO 12 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL PREVER QUE QUIENES REALICEN ACTIVIDADES (III.5o.A. J/4 (10a.))
- PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. EL ARTÍCULO 12 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL ESTABLECER DIVERSAS OBLIGACIONES A QUIE ((III Región)4o.58 A (10a.))
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