Reglas de Carácter General a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones… · Capitulo VI — RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD
Artículo 31
Vigencia verificada: 7 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 31.- En términos de lo referido en el artículo 38 de la Ley, quienes realicen Actividades
Vulnerables, sus miembros del consejo de administración u órgano equivalente, según corresponda,
administradores, representante, así como sus directivos, funcionarios, empleados, apoderados y factores,
deberán mantener absoluta confidencialidad sobre la información, documentación, datos e imágenes relativas
a los actos u operaciones relacionados con las Actividades Vulnerables que realicen con sus Clientes y
Usuarios, así como de aquellos que sean objeto de Aviso, salvo cuando la solicite la UIF, el SAT y demás
autoridades expresamente facultadas para ello, o en los casos previstos en el artículo 33 de las presentes
Reglas.
Las personas sujetas a la obligación de confidencialidad antes referida tendrán prohibido alertar o dar
aviso a:
I. Sus Clientes o Usuarios respecto de cualquier referencia que sobre éstos se haga en los Avisos, o
a algún tercero;
II. Sus Clientes, Usuarios o a algún tercero respecto de cualquiera de los requerimientos de
información, documentación, datos o imágenes previstos en la Ley y en el Reglamento, y
III. Sus Clientes, Usuarios o a algún tercero sobre la existencia o presentación de órdenes de
aseguramiento que realicen las autoridades competentes antes de que sean ejecutadas.
La información y explicación, por parte de quienes realicen las Actividades Vulnerables, a sus Clientes o
Usuarios respecto de las obligaciones que derivan de la Ley o de otras disposiciones que de esta emanen, no
implica trasgresión a su deber de confidencialidad. (Párrafo adicionado D.O.F. 24 julio 2014)
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PROTECCION FEDERAL. (s/clave)
- AUTORIZADOS PARA OIR NOTIFICACIONES, RECURSOS INTERPUESTOS POR LOS. (s/clave)
- AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS. (s/clave)
- AUTORIZADOS PARA OIR NOTIFICACIONES, REVISION INTERPUESTA POR LOS. (s/clave)
- AUTORIDADES RESPONSABLES, MULTA POR OMISION DE INFORMES. (s/clave)
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