OFENDIDO O VÍCTIMA DEL DELITO. PUEDE ACUDIR AL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CON EL CARÁCTER DE QUEJOSO CUANDO EL ACTO RECLAMADO AFECTE EN LOS HECHOS A LA REPARACIÓN DEL DAÑO, AUNQUE NO SE REFIERA DIRECTAMENTE A ELLA.
Del proceso legislativo que modificó el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, para incluir un apartado relativo a las garantías de la víctima o del ofendido, se advierte claramente la intención del Poder Revisor de la Constitución de mejorar su situación jurídica y afianzar su participación en el procedimiento penal, principalmente para obtener la reparación del daño que le haya causado el hecho típico. Ahora bien, conforme a los artículos 5o., fracción III, inciso b) y 10, fracción II, de la Ley de Amparo, la víctima o el ofendido puede participar en el juicio de amparo como tercero perjudicado, condicionando tal posibilidad al hecho de que sólo se trate de actos vinculados directamente con la reparación del daño; sin embargo, debe entenderse que la víctima o el ofendido también puede acudir con la calidad de quejoso, pues de lo contrario, esto es, si se limita su intervención en el juicio de amparo como tercero perjudicado, podría hacer nugatoria la indicada garantía constitucional, ya que existen múltiples actos procesales que aun cuando no afectan directamente esa figura reparatoria -en tanto que no importan un pronunciamiento al respecto- sí implican que, de facto, la reparación no ocurra, con lo cual sí se les puede relacionar en forma inmediata con tal cuestión. En consecuencia, el ofendido o la víctima del delito puede acudir al juicio de amparo indirecto con el carácter de quejoso cuando el acto reclamado afecte en los hechos la reparación del daño, aunque no se refiera a ella directamente.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/161035-10acb0be/ofendido-o-victima-del-delito-puede-acudir-al · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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